Ayuda económica para establecimientos en Villasur de Herreros
Qué financia
Financia la actividad económica de establecimientos locales
A quién va dirigida
Pymes y autónomos trabajando en el sector agrícola, ganadero, comercial o turístico de Villasur de Herreros
Requisitos
- Pertenecer a sectores comerciales, industriales, de servicios, profesionales y análogos
- Estar dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA)
- Cumplir al menos dos de los tres criterios: tener domicilio fiscal en Villasur de Herreros, estar empadronado en la localidad, desarrollar actividad en el municipio
- Estar al corriente con obligaciones tributarias y Seguridad Social
- Ser persona física o establecimiento/sociedad ganadera regentado por personas físicas (autónomas)
- Estar empadronado en la localidad y/o desarrollar actividad en Villasur de Herreros
- No tener impagada deuda vencida con el Ayuntamiento
- Cumplir normativa vigente del sector
- Hallarse al corriente tributario y frente a Seguridad Social
- No haber sido objeto de sanción por pérdida de posibilidad de obtener subvenciones
- Hallarse al corriente con las obligaciones por reintegro de subvenciones
- No haber sido sancionado por la pérdida de posibilidad de obtener subvenciones
- Poner a disposición del Ayuntamiento toda documentación solicitada o demandada
- Mantener abierto el establecimiento hasta 31 de diciembre de 2026
Gastos subvencionables
- Conceptos relacionados con la actividad principal justificados en la exposición de la Solicitud
- Gastos relacionados con la actividad principal
- Inversión o mejora en rendimientos económicos de la actividad
Criterios de valoración
- Repercusión socio-laboral: número de personas que trabajan en el establecimiento
- Número de establecimientos existentes en el municipio pertenecientes al sector indicado
- Antigüedad. Tiempo de actividad del establecimiento en la localidad o municipio
Documentación a presentar
- Certificación de Vida Laboral para acreditar alta en RETA
- Declaración responsable en el Anexo I si el establecimiento está abierto continuamente durante todo el año 2026
- NIF/CIF del solicitante
- Documento 036 o 037 de la Agencia Tributaria
- Justificante de estar al corriente en obligaciones con Seguridad Social, Agencia Tributaria y Ayuntamiento
- Anexo II: Ficha de alta de terceros
- Memoria detallando ubicación de actuaciones o elementos objeto de subvención
- Documentación que pueda solicitar o demandar el Ayuntamiento
- Declaración sobre ayudas recibidas para la misma finalidad
- Ficha de alta a terceros (o certificado bancario)
- Justificación con datos del solicitante y representante si es necesario
Condiciones económicas
Subvenciones otorgadas en concurrencia competitiva hasta agotar la partida presupuestaria. Importe total destinado a esta convocatoria: 25.000 €.; Se permite un anticipo del 50% del importe otorgado, con factura proforma y Declaración Jurada de ejecución de la inversión presupuestada.; El Ayuntamiento puede solicitar cualquier documentación adicional considerada necesaria, y los establecimientos deben mantenerse abiertos hasta el 31 de diciembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.