Ayudas a la contratación Talento 45+ - Anualidad 2026
Qué financia
Financia la contratación de trabajadores mayores de 45 años en diversas actividades económicas.
A quién va dirigida
Pymes y particulares con actividad económica que busquen incorporar personal de más de 45 años a su equipo laboral.
Requisitos
- Ser empresa conforme a la definición del Reglamento (UE) Nº 651/2014
- No encontrarse incurso en prohibiciones de subvenciones
- Estar al corriente con obligaciones tributarias y Seguridad Social
- Ubicación del centro de trabajo en la demarcación de la Cámara de Comercio de Ciudad Real
- No haber creado empleo real y efectivo
- No infrinjer la legislación laboral o Seguridad Social
- No estar excluida por despido disciplinario, colectivo o causa objetiva en los últimos 6 meses
- No ser beneficiaria de ayudas derivadas de programas de empleo por infracciones
- Contratación de trabajadores no vinculados a la empresa en los últimos 6 meses
- No estar dentro de ofertas públicas de empleo o programas de interés general o social
- No haber recibido ayuda económica por contratación del mismo persona en otra convocatoria
- Trabajador contratado entre 45 y 60 años
- Autorización para que la Cámara y la Cámara de Comercio de España obtengan información automática sobre obligaciones tributarias y actividades económicas.
- Cumplimiento de requisitos establecidos en la convocatoria, verificables mediante consulta telemática.
Gastos subvencionables
- Contratación de una persona desempleada entre 45 y 60 años que haya participado en el Programa Talento 45+
Criterios de valoración
- Cumplimiento de obligaciones generales y específicas
- Mantenimiento del nivel de empleo existente en la empresa beneficiaria
- No superar los límites de ayudas mínimas establecidos
- Orden cronológico de entrada de las solicitudes en la Sede electrónica.
Documentación a presentar
- Documento de identificación fiscal del solicitante
- Informe: Plantilla Media de Trabajadores en Situación de Alta
- Alta en la Seguridad Social como empleador
- Anexo III. Información de la persona contratada
- Anexo IV. Declaración Responsable del Trabajador/a
- Documentación que acredite el poder de representación.
- Certificado acreditativo de estar al corriente de obligaciones tributarias.
- Certificado acreditativo de estar al corriente de obligaciones frente a la Seguridad Social.
- Certificado de Situación Censal.
Condiciones económicas
La ayuda está cofinanciada al 69,64% por el Fondo Social Europeo Plus y al 30,36% por la entidad convocante.; Ayuda total de minimis no superior a 300.000 € en un período de tres años; la empresa debe completar Anexo II con importes percibidos en concepto de ayudas de minimis.; La subvención está limitada a las disponibilidades presupuestarias. Se requiere autorización para acceder a información tributaria y de seguridad social del solicitante. La concesión se realiza por orden de entrada, hasta agotar la disponibilidad presupuestaria o el 31 de diciembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.