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Ayudas auxiliares de danza en centros de primaria 2026-2027

AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES
Denominación oficial (BDNS): Dgea ayudas auxiliares de danza en centros de primaria 2026 2027
Resumen: Programa que ofrece ayudas para profesionales de la educación que impartan clases de danza en centros escolares madrileños. Interesa a docentes y formadores de danza.

Qué financia

Financia actividades de danza en centros educativos primarios

A quién va dirigida

Docentes, profesionales de la educación y formadores de danza que trabajen en centros escolares madrileños

Requisitos

  • Tener nacionalidad española o residencia permanente en España
  • Haber superado las Enseñanzas Profesionales de danza y obtenido el título correspondiente, o haber superado la prueba de acceso a las Enseñanzas Artísticas Superiores de danza
  • Ser mayor de 18 años y menor de 60 años
  • No padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de sus funciones como auxiliar
  • Carecer de delitos de naturaleza sexual
  • Dominio del idioma español (prueba documental requerida para no hablantes nativos)
  • Cumplir con las tareas y obligaciones estipuladas en el programa
  • No estar vinculado a ninguna administración pública o centro privado sostenido con fondos públicos
  • No tener enfermedades que imposibilite el ejercicio de sus funciones
  • Cumplir los compromisos de la actividad como auxiliar de danza

Gastos subvencionables

  • Manutención
  • Traslados
  • Formación
  • Otros ocasionados por la participación en el programa necesarios para su desarrollo

Criterios de valoración

  • Expediente académico de las enseñanzas profesionales de danza
  • Haber obtenido el título profesional de danza en la especialidad de Baile flamenco o Danza española
  • Calificación final de la prueba de acceso a las Enseñanzas Superiores de danza
  • Haber recibido formación adicional específica en folclore
  • Participación en espectáculos incluidos en festivales de carácter infantil o juvenil y talleres docentes de formación de nuevo público extracurriculares

Documentación a presentar

  • Certificado negativo de delitos de naturaleza sexual
  • Título profesional de danza expedido por un centro autorizado de la Comunidad de Madrid o de cualquier otra comunidad autónoma, o resguardo de haber solicitado el título
  • En caso de no estar en posesión del título profesional de danza, certificado de haber superado la prueba de acceso a las enseñanzas superiores de danza
  • Documentación que acredite el dominio del idioma español (si aplicable)
  • Certificación académica personal con calificaciones obtenidas en todas las asignaturas y la calificación media numérica
  • Acreditación de formación adicional específica en folclore
  • Participación en espectáculos y talleres docentes
  • Certificado de aprovechamiento
  • Declaración responsable firmada por los interesados
  • Breve memoria de actividades

Condiciones económicas

El presupuesto destinado a financiar la convocatoria es de 548.400 €, correspondiente al presupuesto de la Comunidad de Madrid para los años 2026 y 2027.; La cuantía varía según las horas de dedicación, con un mínimo de 342,75 euros por 6 horas semanales. La ayuda se abona mensualmente y es proporcional a la realización de la actividad.; Según disponibilidad presupuestaria

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Docentes, profesionales de la educación y formadores de danza que trabajen en centros escolares madrileños
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 914 € al mes. El presupuesto destinado a financiar la convocatoria es de 548.400 €, correspondiente al presupuesto de la Comunidad de Madrid para los años 2026 y 2027.; La cuantía varía según las horas de dedicación, con un mínimo de 342,75 euros por 6 horas semanales. La ayuda se abona mensualmente y es proporcional a la realización de la actividad.; Según disponibilidad presupuestaria. Presupuesto total: 548.400 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN EL BOCM. Fin: A LOS 10 DÍAS A PARTIR DEL SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN EL BOCM.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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