Resumen: Esta convocatoria ofrece ayudas económicas para mejorar la eficiencia energética en entidades que prestan servicios sociales. Se dirige a organizaciones sin actividad económica.
Qué financia
Financiar mejoras de eficiencia energética en servicios sociales
A quién va dirigida
Organizaciones sin ánimo de lucro que prestan servicios sociales, como centros asistenciales o hogares para personas mayores
Requisitos
Ser mayor de 18 años o menor emancipado legalmente
Estar empadronado y residir en Parres al menos con 6 meses de antelación a la solicitud, con excepciones para víctimas de violencia de género u otras circunstancias vulnerables
Aportar documentación que acredite la situación de necesidad
No disponer de bienes muebles o inmuebles suficientes para atender la necesidad
Imposibilidad de acceder a otras ayudas públicas que cubran la totalidad de la necesidad
Cumplir con los límites de ingresos establecidos según el número de personas en la unidad familiar
Alta de suministros energéticos tras corte de energía
Instalaciones técnicas esenciales para el suministro de energía o mejora sustancial en eficiencia energética
Criterios de valoración
Distribución hasta el límite presupuestario entre solicitantes que cumplan los requisitos y según fecha de presentación de las solicitudes
Documentación a presentar
Modelo de solicitud
Anexo I. Declaración responsable sobre percepción de otras ayudas, ingresos y relación de gastos
Anexo II. Autorización de consulta de datos de carácter personal
Anexo III. Declaración responsable titular de la vivienda (si procede)
Ficha de acreedor
Fotocopia DNI de todos los miembros de la unidad familiar
Fotocopia Libro de familia o certificado de nacimiento
Sentencia y convenio regulador sobre guarda y custodia (en caso de separación o divorcio)
Resolución de la consejería competente (familias monoparentales)
Fotocopia del carnet de familia numerosa (familias numerosas)
Resolución de dependencia y/o tarjeta acreditativa de la discapacidad (hijos menores con dependencia o discapacidad)
Sentencia judicial o documento acreditativo emitido por órgano competente (víctimas de VG)
Justificante de ingresos de los 12 últimos meses
Contrato arrendamiento vivienda y copia de los 3 últimos recibos pagados
Justificantes de gastos relativos al año 2026
Condiciones económicas
La ayuda es única y se consideran subvencionables los gastos realizados desde noviembre de 2025 hasta el ejercicio 2026. La distribución se realiza según la fecha de presentación de las solicitudes.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones sin ánimo de lucro que prestan servicios sociales, como centros asistenciales o hogares para personas mayores
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 800 € por unidad familiar. La ayuda es única y se consideran subvencionables los gastos realizados desde noviembre de 2025 hasta el ejercicio 2026. La distribución se realiza según la fecha de presentación de las solicitudes.. Presupuesto total: 34.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 30 dían naturales, desde el día siguiente de la publicación en el BOPA. Fin: 30 dían naturales, desde el día siguiente de la publicación en el BOPA.
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.
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