● Abierta34.000 €

Ayudas de Garantía Energética para servicios sociales en Asturias

LOCAL · PARRES · AYUNTAMIENTO DE PARRES
Denominación oficial (BDNS): Convocatoria para la concesión de Ayudas de Garantía Energética año 2026
Resumen: Esta convocatoria ofrece ayudas económicas para mejorar la eficiencia energética en entidades que prestan servicios sociales. Se dirige a organizaciones sin actividad económica.

Qué financia

Financiar mejoras de eficiencia energética en servicios sociales

A quién va dirigida

Organizaciones sin ánimo de lucro que prestan servicios sociales, como centros asistenciales o hogares para personas mayores

Requisitos

  • Ser mayor de 18 años o menor emancipado legalmente
  • Estar empadronado y residir en Parres al menos con 6 meses de antelación a la solicitud, con excepciones para víctimas de violencia de género u otras circunstancias vulnerables
  • Aportar documentación que acredite la situación de necesidad
  • No disponer de bienes muebles o inmuebles suficientes para atender la necesidad
  • Imposibilidad de acceder a otras ayudas públicas que cubran la totalidad de la necesidad
  • Cumplir con los límites de ingresos establecidos según el número de personas en la unidad familiar

Gastos subvencionables

  • Gastos relativos a suministros energéticos básicos (electricidad, gas, carbón, leña, gasóleo)
  • Alta de suministros energéticos tras corte de energía
  • Instalaciones técnicas esenciales para el suministro de energía o mejora sustancial en eficiencia energética

Criterios de valoración

  • Distribución hasta el límite presupuestario entre solicitantes que cumplan los requisitos y según fecha de presentación de las solicitudes

Documentación a presentar

  • Modelo de solicitud
  • Anexo I. Declaración responsable sobre percepción de otras ayudas, ingresos y relación de gastos
  • Anexo II. Autorización de consulta de datos de carácter personal
  • Anexo III. Declaración responsable titular de la vivienda (si procede)
  • Ficha de acreedor
  • Fotocopia DNI de todos los miembros de la unidad familiar
  • Fotocopia Libro de familia o certificado de nacimiento
  • Sentencia y convenio regulador sobre guarda y custodia (en caso de separación o divorcio)
  • Resolución de la consejería competente (familias monoparentales)
  • Fotocopia del carnet de familia numerosa (familias numerosas)
  • Resolución de dependencia y/o tarjeta acreditativa de la discapacidad (hijos menores con dependencia o discapacidad)
  • Sentencia judicial o documento acreditativo emitido por órgano competente (víctimas de VG)
  • Justificante de ingresos de los 12 últimos meses
  • Contrato arrendamiento vivienda y copia de los 3 últimos recibos pagados
  • Justificantes de gastos relativos al año 2026

Condiciones económicas

La ayuda es única y se consideran subvencionables los gastos realizados desde noviembre de 2025 hasta el ejercicio 2026. La distribución se realiza según la fecha de presentación de las solicitudes.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones sin ánimo de lucro que prestan servicios sociales, como centros asistenciales o hogares para personas mayores
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 800 € por unidad familiar. La ayuda es única y se consideran subvencionables los gastos realizados desde noviembre de 2025 hasta el ejercicio 2026. La distribución se realiza según la fecha de presentación de las solicitudes.. Presupuesto total: 34.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 30 dían naturales, desde el día siguiente de la publicación en el BOPA. Fin: 30 dían naturales, desde el día siguiente de la publicación en el BOPA.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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