1.800.000 €

Ayudas económicas de emergencia social en Móstoles

LOCAL · MÓSTOLES · AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES
Denominación oficial (BDNS): Ayudas economicas de emergcia social 2026
Resumen: Es un programa que ofrece apoyo económico a personas físicas sin actividad económica, con el objetivo de mejorar sus condiciones socioeconómicas.

Qué financia

Financia ayudas económicas para personas sin ingresos propios.

A quién va dirigida

Personas mayores de edad o discapacitadas que no desarrollan ninguna actividad económica y necesitan apoyo económico.

Requisitos

  • Ser mayor de dieciocho años o menor emancipado
  • Estar empadronado en Móstoles
  • Carecer de ingresos suficientes y encontrarse en situación de necesidad
  • No poder solicitar la ayuda de otros organismos para atender la necesidad
  • Renta per cápita no exceder las cantidades recogidas en la tabla según el número de miembros de la unidad familiar
  • Valoración técnica dentro de un Proyecto de Intervención Social para prestaciones materiales
  • Acreditar los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar
  • Presentar recibos y documentos que acrediten gastos específicos
  • Cumplir con el procedimiento administrativo establecido

Gastos subvencionables

  • Vivienda (alquiler/hipoteca)
  • Alimentación
  • Suministros (agua, luz, gas, teléfono)
  • Gastos de comunidad
  • Otros gastos extraordinarios
  • Gastos derivados del pago de Centros de Día o Residenciales
  • Familiares: necesidades básicas, vestido, farmacia, desplazamiento, pago de recibos
  • Alimentos: productos básicos de alimentación y primera necesidad
  • Vivienda: apoyo en alojamiento con deudas justificables
  • Comedor Escolar: utilización del comedor escolar
  • Escuelas Infantiles: asistencia a Escuela Infantil
  • Complementarias: atención al menor, familia y personas mayores
  • Residencias: pago de estancia en Centro Residencial
  • Alojamiento urgente: estancia en pensiones o hostales
  • Habitabilidad: adaptación/eliminación de barreras en el domicilio habitual
  • Otras ayudas básicas
  • Ayuda a domicilio
  • Teleasistencia
  • Habitabilidad
  • Gastos farmacéuticos
  • Odontológicos
  • Alimentaciones especiales
  • Gafas y otros gastos médicos extraordinarios
  • Comedor escolar
  • Escuela infantil
  • Residencia
  • Centro de día

Criterios de valoración

  • Cálculo de la renta per cápita anual
  • Reducción por intereses percibidos en prestaciones materiales
  • Límite máximo anual basado en el IPREM
  • Reducción por intereses percibidos
  • Valoración técnica para servicios materiales (Ayuda a Domicilio, Teleasistencia, Comida a Domicilio)

Documentación a presentar

  • Documento Nacional de Identidad o NIE/Pasaporte del solicitante
  • Libro de familia o certificado de nacimiento de menores
  • Acreditación de ingresos (nóminas, INSS/INEM, declaraciones responsables)
  • Certificados bancarios y financieros
  • Documentos de separación legal o convenio regulador
  • Informe médico cuando proceda
  • Recibos de servicios básicos
  • Presupuestos para conceptos específicos
  • Nóminas salariales
  • Certificado del INSS o INEM
  • Declaración Responsable
  • Convenio regulador o sentencia de separación
  • Informe médico (si procede)
  • Documentos que acrediten la cuantía exacta del servicio o apoyo

Condiciones económicas

El importe máximo anual no superará el IPREM. La subvención se calcula según la renta per cápita y hay un límite máximo anual basado en el IPREM.; El importe máximo anual no podrá superar el IPREM anual calculado a 14 pagas. Existen cuantías máximas para cada concepto específico, con posibilidad de excepciones por informe social.; La ayuda se otorga según la necesidad y los recursos disponibles del presupuesto municipal. Se puede solicitar la aportación de movimientos bancarios para verificar ingresos.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Personas mayores de edad o discapacitadas que no desarrollan ninguna actividad económica y necesitan apoyo económico.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: IPREM anual calculado a 14 pagas. El importe máximo anual no superará el IPREM. La subvención se calcula según la renta per cápita y hay un límite máximo anual basado en el IPREM.; El importe máximo anual no podrá superar el IPREM anual calculado a 14 pagas. Existen cuantías máximas para cada concepto específico, con posibilidad de excepciones por informe social.; La ayuda se otorga según la necesidad y los recursos disponibles del presupuesto municipal. Se puede solicitar la aportación de movimientos bancarios para verificar ingresos.. Presupuesto total: 1.800.000 €

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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