Ayudas para centros públicos de investigación en las Illes Baleares
Qué financia
Financia la compra de equipo científico y técnico para los centros públicos de investigación en las Illes Baleares.
A quién va dirigida
Centros públicos de investigación sin ánimo de lucro ubicados en las Illes Baleares que no realizan actividades económicas.
Requisitos
- Ser persona física o jurídica, pública o privada
- Cumplir requisitos específicos según actividad (e.g., residencia en Islas Baleares para personas físicas)
- Disponer de organización y capacidad técnica adecuada
- No estar prohibido por la normativa aplicable
- Presentación de solicitud con datos personales
- Documentos de identidad y acreditación de representación
- Memoria explicativa de la actividad, presupuesto detallado
- Declaraciones responsables sobre cumplimiento de obligaciones
- Autorización para verificar pagos de Seguridad Social y tributarias
- Cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 11 del Texto refundido de la Ley de subvenciones y en estas bases
- Llevar a cabo la actividad o inversión según lo estipulado
- Destinar el importe de la subvención a la financiación de la actuación solicitada
- Comunicar modificaciones que afecten a los requisitos exigidos para conceder la subvención
- Adoptar medidas de difusión consistentes con las especificadas
Gastos subvencionables
- Formación del personal investigador y tecnólogos
- Bolsas de viaje para becarios
- Incorporación de personal a I+D+i
- Desarrollo de infraestructuras científico-tecnológicas
- Apoyo a innovación y creación de empresas
- Fomento de la cultura científica e interés social
- Coste total de la actividad subvencionada
- Gastos e inversiones de la actividad
- Costos generales y/o indirectos justificados
- Subcontratación hasta un 100% si implica valor añadido
Criterios de valoración
- Criterios específicos según convocatoria (no detallados en el texto)
- Calidad cientificotécnica
- Adecuación a finalidades establecidas, viabilidad técnica y económica
- Capacidad técnica y financiera del solicitante
- Repercusión social de la actividad
Documentación a presentar
- Documento de identidad del solicitante o representantes legales
- Certificado de empadronamiento si procede
- Acreditación de representación si es entidad pública o administrativa territorial
- Documentos constitutivos y estatutos sociales para entidades jurídicas
- Declaraciones responsables sobre cumplimiento de obligaciones, incompatibilidades y ayudas recibidas
- Documento de identidad (DNI, NIF o NIE)
- Certificado de empadronamiento
- Acreditación de representación en solicitudes
- Memoria explicativa con presupuesto detallado
- Declaraciones responsables sobre cumplimiento de obligaciones y ayudas recibidas
- Autorización para verificar pagos de Seguridad Social y tributarias
- Certificado o acreditación de titularidad de cuenta bancaria
- Cuenta justificativa con memoria de actuación y económica detallada
- Facturas o documentos de valor probatorio equivalentes
- Presupuestos solicitados según el artículo 40.3 del Texto refundido de la Ley de subvenciones
- Documentación adicional requerida por la convocatoria
Condiciones económicas
La disponibilidad presupuestaria máxima se indica en la convocatoria; puede ampliarse mediante resolución. La distribución entre créditos presupuestarios es estimativa.; La subvención puede consistir en una parte proporcional del coste de la actividad o en una cuantía fija. El importe no debe superar el coste total de la actividad.; Topes en la publicidad de subvenciones inferiores a 3.000 €; posibilidad de pagos anticipados por razones de interés público; justificación mediante módulos o estados contables.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.