● Abierta9.000 €

Becas de libros para estudiantes sin actividad económica

LOCAL · ALCAÑIZ · AYUNTAMIENTO DE ALCAÑIZ
Denominación oficial (BDNS): Becas de libros para el curso 2026/2027 Ayuntamiento de Alcañiz
Resumen: Esta convocatoria ofrece becas de libros al público que no desarrolla actividades económicas. Es una oportunidad competitiva para aquellos interesados en acceder a recursos educativos.

Qué financia

Financiación de becas de libros para estudiantes sin actividad económica

A quién va dirigida

Personas físicas que no tienen trabajo ni negocio propio

Requisitos

  • Los progenitores o tutores legales de los alumnos matriculados en centros escolares de Alcañiz, que cumplen con ciertos requisitos socioeconómicos y no tienen deudas pendientes.
  • Todos los miembros de la unidad familiar deben estar empadronados y residir en el Municipio de Alcañiz.
  • No tener ayudas de Administraciones Públicas o Entidades sociales para la misma finalidad.
  • Los ingresos de la unidad familiar no superen ciertos límites establecidos.
  • Ser beneficiario de la subvención
  • Presentar justificantes de gasto cumplimentados
  • Cumplir con los requisitos legales exigibles en los documentos justificativos

Gastos subvencionables

  • Gastos ocasionados por la compra de libros de texto y material escolar, siempre que conste en el certificado del centro escolar como material necesario y obligatorio para el curso 2026/2027.
  • Gastos ocasionados por la compra de libros de texto y material escolar necesario para el curso 2026/2027, cuando el alumnado esté cursando segundo ciclo de Educación Infantil, Primaria o Secundaria Obligatoria

Documentación a presentar

  • D.N.I o T.I.E de los progenitores o tutores legales.
  • Libro de Familia con todos sus componentes o documentación acreditativa de los miembros de la unidad familiar.
  • Certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria relativo a la declaración de la Renta del año 2025.
  • Certificado bancario acreditativo del número de cuenta del solicitante dónde se realizará el ingreso que pudiese corresponderle (IBAN completo).
  • Declaración responsable de no concurrencir en ninguna circunstancia que impida obtener la condición de beneficiario.
  • Otros documentos según sea necesario.
  • Facturas o documentos justificativos
  • Certificado del centro escolar como material necesario y obligatorio

Condiciones económicas

La cuantía individualizada es: 40 € por alumno para Educación Infantil, 80 € por alumno para Educación Primaria y 115 € por alumno para Educación Secundaria Obligatoria.; El pago se realizará una vez aprobada la justificación de los gastos, en un plazo máximo de 60 días desde su presentación.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Personas físicas que no tienen trabajo ni negocio propio
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 9.000 €. La cuantía individualizada es: 40 € por alumno para Educación Infantil, 80 € por alumno para Educación Primaria y 115 € por alumno para Educación Secundaria Obligatoria.; El pago se realizará una vez aprobada la justificación de los gastos, en un plazo máximo de 60 días desde su presentación.. Presupuesto total: 9.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Desde el día siguiente a la publicación en el BOPTE. Fin: 10 días hábiles desde la publicación en el BOPTE.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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