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Convenio 2026 para restauración arqueológica en Guarrazar Guadamur

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE TOLEDO · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO
Denominación oficial (BDNS): Convenio 2026 - Ayto de Guadamur - Proyecto de restauración de estructuras arqueológicas de la zona del manantial (área 4) del yacimiento arqueológico de Guarrazar Guadamur (Toledo)
Resumen: Es un convenio directo del Ayto. de Guadamur y la Diputación Provincial de Toledo para financiar el proyecto de restauración de estructuras arqueológicas en Guarrazar Guadamur.

Qué financia

Financia el proyecto de restauración de estructuras arqueológicas

A quién va dirigida

Entidades culturales sin actividad económica propia

Requisitos

  • Cumplir con las obligaciones económicas y tributarias.
  • No estar incursa en circunstancias prohibidas por la Ley 38/2003.
  • Comunicar otras subvenciones obtenidas para el proyecto.
  • Justificación previa de las modificaciones
  • Cumplimiento de todas las condiciones impuestas en el Convenio y la normativa reguladora
  • Presentación de documentación justificativa del gasto
  • No incrementar el importe de aportación comprometido por la Diputación

Gastos subvencionables

  • Gastos relacionados con la restauración de estructuras arqueológicas.
  • Tributos efectivamente abonados por el firmante del Convenio (excluyendo IVA deducible).
  • Excavación y prospección del yacimiento

Documentación a presentar

  • Anexo II: Solicitud de la aportación económica de la Diputación.
  • Anexo III: Certificación firmado por el Secretario–Interventor o Interventor de la entidad.
  • Anexo IV: Cuenta justificativa con relación certificada de facturas y gastos.
  • Copia de las facturas justificativas del gasto y documentos acreditativos del pago.
  • Memoria descriptiva sobre acciones desarrolladas, objetivos alcanzados y incidencias.
  • Informe-artículo del restaurador.

Condiciones económicas

El pago se efectúa por la parte proporcional correspondiente al presupuesto o coste global del proyecto, no superando el importe subvencionable.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidades culturales sin actividad económica propia
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 89% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 8.000 €. El pago se efectúa por la parte proporcional correspondiente al presupuesto o coste global del proyecto, no superando el importe subvencionable.. Presupuesto total: 8.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo de solicitud. Fin: Sin plazo de solicitud.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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