7.120 €

Convenio de colaboración con el Hogar Nuestra Señora de Fatima

LOCAL · MISLATA · AYUNTAMIENTO DE MISLATA
Denominación oficial (BDNS): Convenio de colaboracion con el Hogar Nuestra Sra. de Fatima. CIF G97175525
Resumen: Es un acuerdo entre el Ayuntamiento de Mislata y una entidad benéfica para servicios sociales. Está dirigido a organizaciones sin actividad económica.

Qué financia

Financiación de actividades asociativas que promueven la sociedad civil.

A quién va dirigida

Organizaciones sin ánimo de lucro, como centros benéficos o asociaiones sociales.

Requisitos

  • Permitir la entrada al local para personas mayores
  • Prestar servicios de conserjería, limpieza y bar cumpliendo obligaciones legales
  • Autorizar el uso de instalaciones para actividades dirigidas a personas mayores
  • Facilitar propuestas de actividades voluntarias cumpliendo condiciones específicas
  • Participar en reuniones y actividades municipales requeridas
  • Desarrollar acción voluntaria según legislación vigente
  • Realizar actividades mencionadas, excluyendo aquellas con finalidad comercial o lucrativa
  • Cumplir disposiciones de uso y convivencia en centros destinados a personas mayores
  • Aportar materiales y gastos necesarios para actividades
  • Hacer constar la colaboración del Ayuntamiento en publicidad relacionada
  • Mantener actualizados datos en el Registro de Asociaciones
  • Disponer de póliza de seguro de responsabilidad civil
  • Acreditar cumplimiento de obligaciones tributarias y con Seguridad Social

Gastos subvencionables

  • Gastos relacionados con el local de titularidad privada, servicios de conserjería y limpieza
  • Gastos generales de la asociación, materiales, servicios, reparaciones y mantenimiento
  • Trophies o menciones
  • Gastos relacionados con talleres y actividades comunitarias de envejecimiento activo
  • Iniciativas para promoción del voluntariado social
  • Posibles gastos de catering o vino de honor limitados a dos actos sociales por 250 € cada uno

Documentación a presentar

  • Memoria de propuestas objeto del convenio con descripción de actividades realizadas
  • Memoria económica justificativa por importe mínimo de la cantidad convenida, ordenada y totalizada
  • Documentos probatorios originales de gastos fechados entre 1 de enero y 31 de diciembre de 2026
  • Facturas electrónicas cumpliendo requisitos exigidos para su aceptación tributaria
  • Justificante de transferencia bancaria para facturas igual o superior a 1.000,00 €
  • Declaración responsable de autenticidad y originalidad de la documentación justificativa
  • Material de difusión con colaboración/patrocinio del Ayuntamiento
  • Relación total de ingresos y gastos de la asociación correspondientes al actual ejercicio

Condiciones económicas

El pago se efectúa a la firma del convenio y está supeditado a la justificación del año anterior. La asociación no podrá alterar en ningún caso la destinación de las ayudas otorgadas.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones sin ánimo de lucro, como centros benéficos o asociaiones sociales.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 7.120 €. El pago se efectúa a la firma del convenio y está supeditado a la justificación del año anterior. La asociación no podrá alterar en ningún caso la destinación de las ayudas otorgadas.. Presupuesto total: 7.120 €

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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