Convenio de colaboración entre el ayuntamiento de Torre-Pacheco y FAETPA-COECTP, 2026
Qué financia
Financia proyectos que beneficien al comercio local, turismo y a las pequeñas empresas de Torre-Pacheco.
A quién va dirigida
Asociaciones empresariales y organizaciones sin ánimo de lucro en el municipio de Torre-Pacheco.
Requisitos
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Tener residencia fiscal en territorio español.
- No ser deudor por resolución de procedencia de reintegro.
- La realización de las actividades objeto del presente Convenio se llevarán a cabo por el personal propio de la entidad beneficiaria, que en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral ni de ningún otro tipo con el Ayuntamiento de Torre-Pacheco.
- Comprometerse y ejecutar las funciones, acciones y proyectos objeto del convenio
- Justificar ante el Ayuntamiento el cumplimiento de los requisitos y condiciones
- Remitir a la Concejalía competente e integrante en la Comisión de Seguimiento la relación de gastos o cuenta justificativa utilizada para realizar la justificación de la subvención
- Hacer constar la colaboración establecida entre ambas entidades firmantes en todas las actuaciones de publicidad realizadas
- Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes
- Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas
- Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos
- La suscripción de un Seguro de Responsabilidad Civil y de Accidentes
- Observar y garantizar en sus actividades el cumplimiento de la Ley 26/2015, de Protección a la Infancia y a la Adolescencia
- Comprometerse a atender e implicarse en las propuestas realizadas desde el Ayuntamiento de Torre-Pacheco
- Observar y garantizar en sus actividades la efectiva igualdad de género
- Comprometerse a observar todas las medidas de prevención de riesgos laborales
- Respetar, además de la normativa vigente en la materia de subvención, las reglas y conductas de carácter ético
Gastos subvencionables
- Mantenimiento de pantallas publicitarias
- Gastos salariales y costes derivados de asesoramiento técnico
- Creación, organización y desarrollo de actividades promocionales del tejido empresarial local
- Colaboración en actividades de difusión y promoción del comercio y la hostelería
- Publicidad y difusión para el desarrollo de sus respectivas actividades
- Acciones formativas, trabajos técnicos, estudios e informes relacionados con el fomento y dinamización del sector empresarial
- Material de oficina, mantenimiento de equipos, conexión a internet, telefonía fija y móvil
- Adquisición de material protocolario o de adorno y adecuación de espacios para eventos promocionales
- Asesoría jurídica o financiera, gastos notariales y registrales, gastos periciales
- Productos alimenticios y otros complementarios para actividades de convivencia vecinal
- Seguro de Responsabilidad Civil y/o Accidentes
- Desplazamiento, alojamiento y manutención para actividades promocionales
- Gastos e inversiones de la actividad
- Otros ingresos o subvenciones que hayan financiado EL PROYECTO/PROGRAMA Y LAS ACTIDADES SUBVENCIONADAS
- Costes del trabajador o trabajadores imputados
- Documentación justificativa de gasto y su pago (facturas, nóminas, RLC)
Criterios de valoración
- Justificación del cumplimiento de los requisitos y condiciones
- Realización de las actividades y el cumplimiento de la finalidad que determinan la concesión de la subvención
Documentación a presentar
- Declaración Responsable con el detalle del porcentaje de imputación por cada trabajador/a y mes imputado al proyecto subvencionado
- Facturas o documentos similares para gastos realizados en efectivo antes de la firma del convenio
- ANEXO I: Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad
- ANEXO II: Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado EL PROYECTO/PROGRAMA Y LAS ACTIDADES SUBVENCIONADAS
- ANEXO III: Una memoria de actuaciones justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
- Acreditación de recibido del proveedor (factura o documento adjunto)
- Justificante del pago avanzado por el particular o tercero
- Justificante del pago/compensación realizada posteriormente por la entidad beneficiaria al particular o tercero
- Documento explicativo de haberse realizado esta forma de pago
- Relación de gastos o cuenta justificativa utilizada para realizar la justificación de la subvención
Condiciones económicas
La subvención se paga en un solo pago anticipado y no requiere garantía alguna.; Pago anticipado del 100% del importe total subvencionado, sin garantía requerida al beneficiario. La justificación debe presentarse dentro de dos meses después de la finalización del convenio.; El pago puede ser avanzado por un particular o tercero, con requisitos de justificación documental específicos. El plazo de justificación es de dos meses desde la finalización del convenio.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.