● Abierta · hasta 31/12/202620.000 €

Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Vera y la Hermandad de San Juan Evangelista

LOCAL · VERA · AYUNTAMIENTO DE VERA
Denominación oficial (BDNS): Convenio de colaboración entre el excmo. ayuntamiento de vera y la real y venerable hermandad de san juan evangelista y cristo de la misericordia (hermandad de san juan) de vera (almería). año 2026 .
Resumen: Es un convenio directo para proyectos culturales en Almería. Interesa a entidades sin ánimo de lucro que trabajen en cultura.

Qué financia

Financia actividades culturales y eventos relacionados con la Hermandad de San Juan Evangelista

A quién va dirigida

Entidades culturales, asociaciones religiosas o organizaciones benéficas sin fines económicos que quieran colaborar en proyectos culturales de Almería.

Requisitos

  • Presupuesto anual detallado de gastos e ingresos de la entidad.
  • Programa y memoria de las actividades programadas durante el año natural objeto de la subvención.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Administración Estatal, Autonómica y frente a la Seguridad Social.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones económicas con el Ayuntamiento de Vera.
  • Declaración responsable de no estar incurso en circunstancia alguna que impida acceder a la condición de beneficiario de subvenciones.
  • Declaración responsable de que la Hermandad carece de antecedentes penales.
  • Cumplir con las normas de contabilidad y llevar una planificación de actuación.
  • Comunicar otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad al Ayuntamiento de Vera en un plazo máximo de 15 días desde su notificación.

Gastos subvencionables

  • Gastos derivados de la salida procesional 2026
  • Mantenimiento de los bienes propiedad Y/O cedidos a la Hermandad.
  • Gastos de suministros (luz, agua y otros) de los edificios propiedad o cedidos a la Hermandad.
  • Seguros.

Criterios de valoración

  • Del 0% AL 75%, se entenderá incumplimiento total de la subvención concedida, procediéndose a su reintegro.
  • Del 75% al 100%, se entenderá cumplido con el objeto de la subvención concedida, procediéndose al pago de la parte proporcional de las facturas justificadas.

Documentación a presentar

  • Presupuesto anual detallado
  • Programa y memoria de actividades
  • Certificaciones tributarias en vigor
  • Declaración responsable de no estar incurso en circunstancias que impidan la subvención.
  • Declaración responsable de carecer de antecedentes penales.
  • Cumplimiento de normas de contabilidad y planificación de actuación.

Condiciones económicas

El pago puede ser en un único pago del 100% tras la ejecución y justificación, o con un anticipo del 75% antes del inicio de la actividad si se solicita.; La subvención se canaliza mediante convenio de concesión. Se permite la modificación de la resolución de concesión por razones justificadas y circunstancias imprevistas.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidades culturales, asociaciones religiosas o organizaciones benéficas sin fines económicos que quieran colaborar en proyectos culturales de Almería.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 20.000 €. El pago puede ser en un único pago del 100% tras la ejecución y justificación, o con un anticipo del 75% antes del inicio de la actividad si se solicita.; La subvención se canaliza mediante convenio de concesión. Se permite la modificación de la resolución de concesión por razones justificadas y circunstancias imprevistas.. Presupuesto total: 20.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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