Convenio de colaboración para el IV Festival de Cine en Sorihuela del Guadalimar
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE JAÉN · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN
Denominación oficial (BDNS): Convenio colaboracion ayuntamiento de sorihuela del guadalimar para la realización iv festival de cine sorihuela del guadalimar
Resumen: Es un convenio directo que financía la organización del festival de cine anual en Sorihuela del Guadalimar, dirigido a entidades sin ánimo de lucro.
Qué financia
Financiar el IV Festival de Cine Sorihuela del Guadalimar
A quién va dirigida
Organizaciones culturales y asociaciones que no realizan actividad económica en Jaén
Requisitos
Organizar y supervisar el evento
Justificar la subvención según lo dispuesto en las BEP
Acreditar haber cumplido con condiciones de otras subvenciones si hubieran vencido los plazos
Certificación de estar al corriente con obligaciones tributarias y Seguridad Social
Gastos subvencionables
Dirección IV Edición del Festival de Cine Sorihuela del Guadalimar
Producción IV Edición del Festival de Cine Sorihuela del Guadalimar
Realización de fotografías, edición y optimización
Montaje y postproducción aftermovie, vídeo presentación, diseño gráfico
Preproducción festival de cine
Actuación musical de la gala de Clausura
Premios festival de cine
Taller de cortometrajes con IA
Actuación Kiki Moreno en entrega de premios
Honorarios de Transfers y gastos en transportes para gestión de invitados
Publicidad Festival de Cine Sorihuela
Sonido e iluminación Festival de Cine 2026
Estancia Festival de Cine
Técnica y proyecciones, alquiler casa, grabaciones, postproducción y mesa sectorial
Los intereses deudores de las cuentas bancarias son gastos no subvencionables.
Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales son gastos no subvencionables.
Los gastos de procedimientos judiciales son gastos no subvencionables.
Los tributos son gastos subvencionables solo si el beneficiario los abona efectivamente.
Criterios de valoración
Incumplimiento parcial: se evalúa por la cuantía de los gastos justificados correctamente.
Plazos estipulados: retraso en ejecución o presentación de justificación lleva a penalizaciones del 10% mensual, con un máximo del 100% si supera nueve meses.
Documentación a presentar
Programa detallado de la actividad cultural valorado pormenorizadamente
Plan financiero con especificación de recursos propios, finalistas u ordinarios, aportaciones de terceros
Acreditación de haber cumplido con condiciones de otras subvenciones si hubieran vencido los plazos
Certificación de estar al corriente con obligaciones tributarias y Seguridad Social
Nombramiento del representante legal (si corresponde)
Declaración responsable de no ser deudor por reintegro firme de subvenciones otorgadas por la Diputación Provincial de Jaén
Memoria de actuación justificativa
Relación certificada de los gastos e inversiones
Certificación de la totalidad de los ingresos recibidos
Condiciones económicas
La subvención se otorga en un único pago anticipado. El presupuesto final ejecutado puede reducir la aportación de la Diputación Provincial proporcionalmente.; El pago se realiza en un único pago anticipado sin garantía de conformidad. El plazo para la justificación es hasta el 31 de marzo de 2027, con posibilidad de ampliación no superior a la mitad del mismo.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones culturales y asociaciones que no realizan actividad económica en Jaén
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 50% del coste subvencionable. La subvención se otorga en un único pago anticipado. El presupuesto final ejecutado puede reducir la aportación de la Diputación Provincial proporcionalmente.; El pago se realiza en un único pago anticipado sin garantía de conformidad. El plazo para la justificación es hasta el 31 de marzo de 2027, con posibilidad de ampliación no superior a la mitad del mismo.. Presupuesto total: 20.000 €
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