Convenio de colaboración para la Escuela de Dulzaina en Segovia
Qué financia
Financia actividades culturales relacionadas con la Escuela de Dulzaina
A quién va dirigida
Organizaciones que no realizan actividad económica pero están involucradas en el desarrollo cultural, especialmente en el ámbito de las artes escénicas y creación artística.
Requisitos
- Incluir en todos los soportes de comunicación, elementos publicitarios y de difusión que se editen sobre las actividades subvencionadas la leyenda 'Actividad subvencionada por el Ayuntamiento de Segovia', incluyendo siempre los logotipos del Ayuntamiento.
- Asumir todos los gastos derivados de su actividad formativa y cultural.
- Obtener permisos administrativos necesarios en actividades que lo requieran y asegurar condiciones adecuadas de higiene y seguridad para participantes.
- Justificar adecuadamente la subvención con el plazo y forma establecidos.
- Estar al corriente de pagos a Seguridad Social, Agencia Estatal de Administración Tributaria y Ayuntamiento de Segovia
- No tener pendiente reintegro o justificación fuera de plazos establecidos para otras subvenciones del Ayuntamiento o sus organismos autónomos
Gastos subvencionables
- Retribuciones de profesores que imparten las clases de dulzaina en la Escuela
- Gastos relacionados con las actuaciones de la Escuela de Dulzaina
- Otros gastos directamente relacionados con los objetivos de la Escuela de Dulzaina
Documentación a presentar
- Memoria de Actuación (relación y detalle de actividades, recursos utilizados, evaluación y resultados)
- Memoria Económica (declaración total gastos e ingresos, relación clasificada de facturas presentadas para justificar la subvención con su correspondiente justificante de pago)
- Declaración Responsable y Certificados de estar al corriente de obligaciones
- Cuenta Justificativa del Gasto (relación clasificada total gastos e ingresos, presentación facturas o documentos justificativos del gasto con su correspondiente justificante de pago)
- Documentación señalada en el apartado anterior antes del 30 de octubre de 2026
- Presentar documentación a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Segovia o cualquier otro medio legalmente establecido
Condiciones económicas
El anticipo del 60% de la subvención (3.606 €) se abonará tras la aprobación del Convenio y la justificación de necesidad financiera por parte de la entidad beneficiaria. El resto del 40% (2.404 €) se pagará al justificar adecuadamente el gasto total.; La entidad debe presentar documentación antes del 30 de octubre de 2026. Si no se presenta la justificación en el plazo, el convenio puede quedar sin efecto y la asociación deberá devolver las cantidades recibidas.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.