● Abierta · hasta 31/12/202675% del coste50.000 €

Convenio para el Festival Folclórico Mare Nostrum 2026 en Eivissa

LOCAL · CONSELL INSULAR D’EIVISSA · CONSELL INSULAR DE IBIZA
Denominación oficial (BDNS): Convenio con la Federació de Colles de Ball i Cultura Popular d’Eivissa para la realización del XXVIII Festival Folclórico Mare Nostrum 2026
Resumen: Es un convenio directo del gobierno de Ibiza para financiar el XXVIII Festival Folclórico Mare Nostrum. Interesa a entidades culturales y organizadoras de eventos.

Qué financia

Financiación del festival folclórico 'Mare Nostrum' en Eivissa

A quién va dirigida

Organizaciones culturales, asociaciones y entidades que gestionen festivos o actividades artísticas

Requisitos

  • La Federación de Peñas de Baile y Cultura Popular d'Eivissa es una entidad cultural sin ánimo de lucro legalmente formada.
  • La actividad debe promover la cultura popular ibicenca, especialmente el baile payés.
  • Presentar liquidación de ingresos y gastos detallada
  • Justificar los gastos realizados para el cumplimiento del objeto de la subvención
  • Documentación justificativa de los gastos (facturas, albaranes)
  • Acreditar pago mediante transferencia bancaria, metálico, cheque nominativo, Bizum, targeta de crédito/débito o PayPal
  • Comunicar obtención de otras subvenciones para la misma finalidad antes de justificar su aplicación

Gastos subvencionables

  • Todos los gastos necesarios para la realización del Festival Folklórico Mare Nostrum excepto adquisición de bienes inventariables, gastos bancarios, intereses deudores de cuentas bancarias, intereses, recargos y sanciones administrativas, gastos derivados de procedimientos judiciales o pagos de impuestos indirectos susceptibles de recuperación.
  • Liquidación de ingresos y gastos de la actividad objeto de esta subvención

Documentación a presentar

  • Solicitud al Consell de ayuda por un importe total de 50.000 €.
  • Programa del XXVIII Festival Folklórico Mare Nostrum.
  • Proyecto y presupuesto del Festival con un importe total de 51.000 €.
  • Declaración responsable.
  • Certificado bancario de la Federación.
  • NIF de la Federación.
  • DNI de la representante de la Federación.
  • Certificado de la secretaria de la Federación.
  • Anexo 1: Liquidación de ingresos (subvenciones, fondos propios...)
  • Anexo 2: Relación detallada de gastos
  • Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil
  • Documentación acreditativa del pago

Condiciones económicas

El importe máximo es de 50.000 €, con un primer pago del 75% y un segundo pago del 25%. La Federación debe justificar el uso de la subvención en tres meses desde el primer pago.; El gasto debe ser efectivamente pagado durante el período subvencionable (1 enero 2026 - 3 meses después de la recepción del primer pago). Se permite cofinanciación con otros fondos públicos o privados.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones culturales, asociaciones y entidades que gestionen festivos o actividades artísticas
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 75% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 50.000 €. El importe máximo es de 50.000 €, con un primer pago del 75% y un segundo pago del 25%. La Federación debe justificar el uso de la subvención en tres meses desde el primer pago.; El gasto debe ser efectivamente pagado durante el período subvencionable (1 enero 2026 - 3 meses después de la recepción del primer pago). Se permite cofinanciación con otros fondos públicos o privados.. Presupuesto total: 50.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 04/09/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

Otras subvenciones de Cultura y patrimonio

Ver todas →