Convenio para el Festival Folclórico Mare Nostrum 2026 en Eivissa
Qué financia
Financiación del festival folclórico 'Mare Nostrum' en Eivissa
A quién va dirigida
Organizaciones culturales, asociaciones y entidades que gestionen festivos o actividades artísticas
Requisitos
- La Federación de Peñas de Baile y Cultura Popular d'Eivissa es una entidad cultural sin ánimo de lucro legalmente formada.
- La actividad debe promover la cultura popular ibicenca, especialmente el baile payés.
- Presentar liquidación de ingresos y gastos detallada
- Justificar los gastos realizados para el cumplimiento del objeto de la subvención
- Documentación justificativa de los gastos (facturas, albaranes)
- Acreditar pago mediante transferencia bancaria, metálico, cheque nominativo, Bizum, targeta de crédito/débito o PayPal
- Comunicar obtención de otras subvenciones para la misma finalidad antes de justificar su aplicación
Gastos subvencionables
- Todos los gastos necesarios para la realización del Festival Folklórico Mare Nostrum excepto adquisición de bienes inventariables, gastos bancarios, intereses deudores de cuentas bancarias, intereses, recargos y sanciones administrativas, gastos derivados de procedimientos judiciales o pagos de impuestos indirectos susceptibles de recuperación.
- Liquidación de ingresos y gastos de la actividad objeto de esta subvención
Documentación a presentar
- Solicitud al Consell de ayuda por un importe total de 50.000 €.
- Programa del XXVIII Festival Folklórico Mare Nostrum.
- Proyecto y presupuesto del Festival con un importe total de 51.000 €.
- Declaración responsable.
- Certificado bancario de la Federación.
- NIF de la Federación.
- DNI de la representante de la Federación.
- Certificado de la secretaria de la Federación.
- Anexo 1: Liquidación de ingresos (subvenciones, fondos propios...)
- Anexo 2: Relación detallada de gastos
- Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil
- Documentación acreditativa del pago
Condiciones económicas
El importe máximo es de 50.000 €, con un primer pago del 75% y un segundo pago del 25%. La Federación debe justificar el uso de la subvención en tres meses desde el primer pago.; El gasto debe ser efectivamente pagado durante el período subvencionable (1 enero 2026 - 3 meses después de la recepción del primer pago). Se permite cofinanciación con otros fondos públicos o privados.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.