Cerrada474.830 €

Convocatoria de subvenciones para combatir la violencia contra la mujer en Murcia

AUTONOMICA · REGIÓN DE MURCIA · CONSEJERÍA DE POLÍTICA SOCIAL, FAMILIAS E IGUALDAD
Denominación oficial (BDNS): Orden que aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, régimen concurrencia competitiva, para actuaciones destinadas a prevenir y combatir la v. contra la mujer con fondos pacto de estado contra la violencia de género, en la r.m
Resumen: Es una convocatoria competitiva que ofrece ayudas a entidades sin ánimo de lucro para prevenir y combatir la violencia contra la mujer. Está dirigida al sector sanitario y de servicios sociales.

Qué financia

Financia acciones para prevenir y combatir la violencia contra la mujer

A quién va dirigida

Entidades sin ánimo de lucro que trabajen en el ámbito sanitario o de servicios sociales

Requisitos

  • Entidades privadas sin ánimo de lucro con fines relacionados con sensibilización, formación, prevención, atención, emergencia, apoyo, recuperación, acompañamiento o inserción socio-laboral de mujeres en situación de vulnerabilidad y/o víctimas de violencia contra la mujer.
  • Tener personalidad jurídica propia, capacidad de obrar, carecer de ánimo de lucro y estar debidamente inscritas en el registro público.
  • Estar legalmente constituidas con al menos un año de antelación a la publicación de la convocatoria.
  • No estar incursa en circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario según la Ley 38/2003.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y económicas frente a la Seguridad Social, sin deudas tributarias salvo que estén suspendidas o garantizadas.
  • Tener implantación en la Región de Murcia con sede o delegación permanente.
  • Presentar estatutos debidamente legalizados y actualizados
  • Memoria del proyecto cumplimentada según modelo incluido en el Anexo I
  • Acreditación de la inscripción en el registro correspondiente
  • Acreditación de la implantación en la Región de Murcia
  • Certificación bancaria con IBAN si es la primera vez que se presenta
  • Declaración responsable del representante legal
  • Cumplimiento de las obligaciones impuestas por la Ley 38/2003 y la Ley 7/2005.
  • Presentación de justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención.

Gastos subvencionables

  • Gastos de personal
  • Pagos de alquileres para realización de actividades
  • Material fungible
  • Gastos de desplazamiento: combustible, billetes de autobús y de tren
  • Gastos de servicios profesionales
  • Gastos relacionados con difusión y publicidad de las actuaciones
  • Otros gastos de similar naturaleza, previa consulta a la Dirección General de Mujer y Prevención de la Violencia de Género
  • Gastos de mantenimiento y funcionamiento
  • Gastos de difusión y publicidad
  • Otros gastos de similar naturaleza

Criterios de valoración

  • Puntuación mínima de 25 puntos tras la aplicación de los criterios objetivos de valoración.
  • Justificación del proyecto (máximo 30 puntos)
  • Contenido del proyecto (máximo 40 puntos)
  • Entidad que presenta el proyecto (máximo 30 puntos)

Documentación a presentar

  • Estatutos debidamente legalizados y actualizados
  • Memoria del proyecto
  • Acreditación de la inscripción en el registro correspondiente
  • Acreditación de la implantación en la Región de Murcia
  • Certificación del documento bancario con IBAN
  • Declaración responsable de la persona que representa a la entidad
  • Certificación bancaria con IBAN (si es necesario)
  • Declaración responsable del representante legal
  • Informe de auditor de cuentas inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.
  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas.
  • Memoria económica del coste de las actividades realizadas.

Condiciones económicas

El importe total se distribuye entre las líneas de actuación, con un máximo de 74.830,03 € para sensibilización y 400.000,00 € para asistencia. Si no se agota el crédito en alguna línea, puede trasladarse a la otra.; La subvención se otorga según los criterios de valoración establecidos en la convocatoria. No hay un importe máximo simple mencionado, pero existe una ponderación para diferentes aspectos del proyecto.; La cuantía se determina expresamente en la Orden de Concesión. El pago es anticipado y no requiere garantía, pero el beneficiario debe cumplir sus obligaciones tributarias.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidades sin ánimo de lucro que trabajen en el ámbito sanitario o de servicios sociales
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 20.000 € para la línea 1 (sensibilización) y 140.000 € para la línea 2 (asistencia). El importe total se distribuye entre las líneas de actuación, con un máximo de 74.830,03 € para sensibilización y 400.000,00 € para asistencia. Si no se agota el crédito en alguna línea, puede trasladarse a la otra.; La subvención se otorga según los criterios de valoración establecidos en la convocatoria. No hay un importe máximo simple mencionado, pero existe una ponderación para diferentes aspectos del proyecto.; La cuantía se determina expresamente en la Orden de Concesión. El pago es anticipado y no requiere garantía, pero el beneficiario debe cumplir sus obligaciones tributarias.. Presupuesto total: 474.830 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 28/07/2026. Fin: 16/09/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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