Convocatoria Línea 2 Programa Auto+ 2026
Qué financia
Financiar proyectos relacionados con la industria automotriz, especialmente en la fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques.
A quién va dirigida
Pymes y personas físicas que trabajan en la industria automotriz o están interesadas en desarrollar proyectos relacionados con esta sector.
Requisitos
- Ser empresa con personalidad jurídica propia o persona física desarrollando actividad económica
- Estar al corriente en obligaciones tributarias y Seguridad Social
- No tener pendientes de reintegro de ayudas ni estar sujeto a ordenes de recuperación por ayuda ilegal
- Certificación bancaria
- Factura de la compraventa del vehículo con descuento mínimo de 1000 euros
- Documentos justificativos bancarios del pago de la factura
- Certificación de situación censal
- Contrato de financiación (si aplica)
- Certificado de entidad financiera (si aplica)
- Certificación de inexistencia de inscripción en Seguridad Social y declaración responsable
- Poder notarial o certificado del Registro Mercantil (para personas jurídicas)
- Adquirir un vehículo con etiqueta CERO
- Cumplir los criterios económicos, electrónicos y europeos
Gastos subvencionables
- Adquisición directa de vehículos nuevos o usados matriculados en España desde el 1 de enero de 2026
- Financiación por leasing financiero o arrendamiento formalizado en España para vehículos nuevos matriculados después del 1 de enero de 2026
- Compra de vehículo
Criterios de valoración
- Criterio eléctrico: grado de electrificación del vehículo
- Criterio económico: precio de adquisición y accesibilidad económica
- Criterio europeo: contribución a la cadena de valor industrial europea
- Criterio Eléctrico (E1)
- Criterio Económico (E2)
- Criterio Europeo (E3)
Documentación a presentar
- Declaración responsable de autorización de representación (si se presenta por representante)
- Ficha Técnica del vehículo adquirido
- Permiso de Circulación definitivo del vehículo
- Certificación bancaria para transferencia del importe de la ayuda
- Factura de compraventa del vehículo con descuento mínimo de 1.000 € (impuestos excluidos)
- Documentos justificativos bancarios del pago de la factura
- Certificación bancaria
- Factura de la compraventa del vehículo
- Documentos justificativos bancarios del pago
- Contrato de financiación (si aplica)
- Certificado de entidad financiera (si aplica)
- Certificación de inexistencia de inscripción en Seguridad Social y declaración responsable
- Poder notarial o certificado del Registro Mercantil (para personas jurídicas)
- Declaración responsable de montaje y terminación europeos
- Declaración responsable de contenido europeo en baterías
Condiciones económicas
Ayudas acumulativas con base en tres criterios: eléctrico, económico y europeo. Limites máximos por beneficiario (diez vehículos para empresas, tres para personas físicas). Ayuda máxima de 8.000 € para profesionales autónomos.; El descuento mínimo es del 1000 euros en el precio de venta del vehículo. Hay requisitos específicos sobre documentación y cumplimiento de plazos de pago para personas jurídicas.; La ayuda se calcula acumulativa, limitada al importe máximo por criterios económicos (25% o 15%), electrónicos (50% para vehículos eléctricos puros, 25% para híbridos enchufables) y europeos (15% si el montaje se realiza en UE, adicional 10% si parte de la batería se fabrica en UE).
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.