Convocatoria para la adquisición de vivienda en propiedad por jóvenes
Qué financia
Financia la adquisición de viviendas para jóvenes en el condado de Jaén
A quién va dirigida
Jóvenes adultos que no desarrollan actividad económica y desean comprar su propia casa
Requisitos
- Poseer nacionalidad española o de EU/EEU/Suiza
- No estar incursa en prohibiciones según Ley 38/2003
- No ser beneficiaria de ayudas incompatibles
- Tener menos de 35 años
- Haber suscrito un contrato público o estar en condiciones de hacerlo
- No ser propietario/usufructuario de vivienda en España (excepto por motivos no voluntarios)
- La vivienda debe constituir residencia habitual y permanente durante 5 años
- No estar incursa en prohibiciones previstas por ley
- Destinar la vivienda a su residencia habitual y permanente durante al menos cinco años
- No ser propietario o usufructuaria de otra vivienda en España, salvo excepciones
- Copia del contrato laboral suscrito y volante o certificado de empadronamiento si hay cambios de domicilio por razones laborales
- Copia de la escritura pública de enajenación o contrato privado de enajenación de la vivienda subvencionada
- Copia de la escritura pública de compraventa o contrato privado de compra de la nueva vivienda
Gastos subvencionables
- Adquisición de la vivienda
- Gastos de notaría
- Inscripción en el Registro de la Propiedad
Criterios de valoración
- Cumplimiento del objetivo de la subvención
- Justificación ante el órgano concedente de la realización de la adquisición y cumplimiento de las condiciones
- Artículo 41.33 de las Bases Económicas del Régimen Local
- Artículos 67 de la Ley General de Subvenciones y Artículos 102 del Reglamento de los Procedimientos Administrativos Comunes de Aplicación de las Leyes Generales de Subvenciones
Documentación a presentar
- Copia del DNI o NIE y acreditación de identidad
- Escritura de compraventa o contrato privado de adquisición
- Declaraciones responsables sobre cumplimiento de obligaciones tributarias y seguridad social, no ser beneficiaria de ayudas incompatibles, residencia habitual y disponibilidad de vivienda
- Escritura o contrato privado de adquisición de la vivienda
- Declaraciones responsables del solicitante
- Certificado de empadronamiento histórico
- Copia de la escritura pública de compraventa con obligación de destino
- Justificante de inscripción en el Registro de la Propiedad
- Liquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
- Relación oficial de viviendas titulares obtenida a través del Colegio de Registradores
- Certificado Catastral telemático
- Nota simple registral actualizada del Registro de la Propiedad
- Facturas de gastos de notaría y inscripción en el Registro de la Propiedad
- Copia de la escritura pública de compraventa o contrato privado de compra
- Justificante de inscripción en el Registro de la Propiedad con obligación de destino
- Justificante de liquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
- Facturas acreditativas de gastos de notaría e inscripción en el Registro de la Propiedad
- Fotografía acreditativa del panel informativo instalado
Condiciones económicas
El importe máximo es de 10,000€ por vivienda, aplicando un 10% del costo total que no debe superar los 150,000€.; La subvención se otorga en un único pago después de justificar el cumplimiento de las condiciones. Hay requisitos sobre la disponibilidad del solicitante y el destino residencial de la vivienda.; La subvención se otorga para el reinvestimiento en otra vivienda, con obligación de destino a residencia habitual y permanente por un mínimo de 5 años.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.