● Abierta · hasta 31/12/202610% del coste300.000 €

Convocatoria para la adquisición de vivienda en propiedad por jóvenes

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE JAÉN · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN
Denominación oficial (BDNS): Convocatoria para la adquisición de vivienda en propiedad por los jóvenes para contribuir al reto demográfico en el marco de la estrategia de desarrollo territorial de la comarca del condado
Resumen: Programa que ayuda a los jóvenes a acceder a su propia vivienda, contribuyendo al reto demográfico. Dirigido a personas físicas sin actividad económica.

Qué financia

Financia la adquisición de viviendas para jóvenes en el condado de Jaén

A quién va dirigida

Jóvenes adultos que no desarrollan actividad económica y desean comprar su propia casa

Requisitos

  • Poseer nacionalidad española o de EU/EEU/Suiza
  • No estar incursa en prohibiciones según Ley 38/2003
  • No ser beneficiaria de ayudas incompatibles
  • Tener menos de 35 años
  • Haber suscrito un contrato público o estar en condiciones de hacerlo
  • No ser propietario/usufructuario de vivienda en España (excepto por motivos no voluntarios)
  • La vivienda debe constituir residencia habitual y permanente durante 5 años
  • No estar incursa en prohibiciones previstas por ley
  • Destinar la vivienda a su residencia habitual y permanente durante al menos cinco años
  • No ser propietario o usufructuaria de otra vivienda en España, salvo excepciones
  • Copia del contrato laboral suscrito y volante o certificado de empadronamiento si hay cambios de domicilio por razones laborales
  • Copia de la escritura pública de enajenación o contrato privado de enajenación de la vivienda subvencionada
  • Copia de la escritura pública de compraventa o contrato privado de compra de la nueva vivienda

Gastos subvencionables

  • Adquisición de la vivienda
  • Gastos de notaría
  • Inscripción en el Registro de la Propiedad

Criterios de valoración

  • Cumplimiento del objetivo de la subvención
  • Justificación ante el órgano concedente de la realización de la adquisición y cumplimiento de las condiciones
  • Artículo 41.33 de las Bases Económicas del Régimen Local
  • Artículos 67 de la Ley General de Subvenciones y Artículos 102 del Reglamento de los Procedimientos Administrativos Comunes de Aplicación de las Leyes Generales de Subvenciones

Documentación a presentar

  • Copia del DNI o NIE y acreditación de identidad
  • Escritura de compraventa o contrato privado de adquisición
  • Declaraciones responsables sobre cumplimiento de obligaciones tributarias y seguridad social, no ser beneficiaria de ayudas incompatibles, residencia habitual y disponibilidad de vivienda
  • Escritura o contrato privado de adquisición de la vivienda
  • Declaraciones responsables del solicitante
  • Certificado de empadronamiento histórico
  • Copia de la escritura pública de compraventa con obligación de destino
  • Justificante de inscripción en el Registro de la Propiedad
  • Liquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
  • Relación oficial de viviendas titulares obtenida a través del Colegio de Registradores
  • Certificado Catastral telemático
  • Nota simple registral actualizada del Registro de la Propiedad
  • Facturas de gastos de notaría y inscripción en el Registro de la Propiedad
  • Copia de la escritura pública de compraventa o contrato privado de compra
  • Justificante de inscripción en el Registro de la Propiedad con obligación de destino
  • Justificante de liquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
  • Facturas acreditativas de gastos de notaría e inscripción en el Registro de la Propiedad
  • Fotografía acreditativa del panel informativo instalado

Condiciones económicas

El importe máximo es de 10,000€ por vivienda, aplicando un 10% del costo total que no debe superar los 150,000€.; La subvención se otorga en un único pago después de justificar el cumplimiento de las condiciones. Hay requisitos sobre la disponibilidad del solicitante y el destino residencial de la vivienda.; La subvención se otorga para el reinvestimiento en otra vivienda, con obligación de destino a residencia habitual y permanente por un mínimo de 5 años.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Jóvenes adultos que no desarrollan actividad económica y desean comprar su propia casa
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 10% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 10.000 €. El importe máximo es de 10,000€ por vivienda, aplicando un 10% del costo total que no debe superar los 150,000€.; La subvención se otorga en un único pago después de justificar el cumplimiento de las condiciones. Hay requisitos sobre la disponibilidad del solicitante y el destino residencial de la vivienda.; La subvención se otorga para el reinvestimiento en otra vivienda, con obligación de destino a residencia habitual y permanente por un mínimo de 5 años.. Presupuesto total: 300.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Día siguiente de la publicación del extracto en el BOP. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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