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Convocatoria pública de subvenciones para I+D+i en Madrid

LOCAL · MADRID · ÁREA DELEGADA DE EMPRENDIMIENTO, EMPLEO E INNOVACIÓN.
Denominación oficial (BDNS): Decreto de la delegada del área de gobierno de economía, innovación y hacienda por el que se aprueba la convocatoria púb de subv para
Resumen: Es una convocatoria competitiva que ofrece ayudas económicas a pymes y personas físicas para proyectos de investigación, desarrollo e innovación. Está dirigida al sector de la I+D+i en la comunidad de Madrid.

Qué financia

Financia proyectos de investigación, desarrollo e innovación

A quién va dirigida

Pymes y trabajadores independientes que desarrollan actividades económicas en el ámbito de la I+D+i

Requisitos

  • Realizar un evento que promueva la ciencia, tecnología, emprendimiento e innovación en Madrid
  • Cumplir con los requisitos tributarios y de Seguridad Social
  • No tener pendientes de justificación subvenciones anteriores
  • Ser sociedad mercantil
  • Presentar una solicitud por vía telemática o física
  • Disponer del certificado electrónico de la persona jurídica interesada para solicitudes electrónicas
  • Acreditar el poder de representación si se presenta por representante
  • Justificar documentalmente el traspaso del derecho en exclusiva de realización del evento al beneficiario si es necesario
  • Cumplir con la normativa de minimis
  • Cumplir los requisitos administrativos y técnicos establecidos en la convocatoria.
  • Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.

Gastos subvencionables

  • Gastos de personal propio (hasta el 30% del importe de la ayuda)
  • Gastos de alquiler de bienes inmuebles necesarios para el evento
  • Gastos de servicios de catering (hasta el 4% del importe de la ayuda)
  • Gastos de servicios de producción, desarrollo y logística destinados exclusivamente al evento
  • Gastos de material fungible y suministros similares que se deriven directamente del evento
  • Gastos de comunicación y difusión directamente relacionados con el evento
  • Facturas que forman parte del coste sin IVA del evento
  • Nóminas que forman parte del coste sin IVA del evento
  • Gastos relacionados con la ejecución del proyecto o actividad subvencionada.

Criterios de valoración

  • Orientación del evento a temas de interés (hasta 5 puntos)
  • Orientación del evento a startups (hasta 10 puntos)
  • Impacto económico (hasta 20 puntos)

Documentación a presentar

  • Formulario de solicitud
  • Documento normalizado 'T' alta de pago por transferencia
  • Copia de la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional
  • Acreditación del poder de representación (si se presenta por representante)
  • Certificados de cumplimiento tributario y Seguridad Social
  • Declaraciones de representantes legales
  • Acreditación del poder de representación
  • Certificados tributarios
  • Declaraciones sobre cumplimiento de obligaciones tributarias y sociales
  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de la finalidad para la que se solicita la subvención
  • Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas

Condiciones económicas

El coste sin IVA del evento debe ser igual o superior a 100.000 €. La subvención se considera importe cierto, con la diferencia de financiación necesaria para su total ejecución a cargo de la entidad beneficiaria.; El coste sin IVA del evento debe estar entre 100.000 y 1.000.000 euros para obtener la máxima puntuación en el criterio de impacto económico.; La redistribución del crédito se podrá realizar una vez atendidas las solicitudes que cumplen los requisitos administrativos y técnicos. La cuantía de la subvención será especificada en la propuesta de resolución provisional y definitiva.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pymes y trabajadores independientes que desarrollan actividades económicas en el ámbito de la I+D+i
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 40% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 50.000 €. El coste sin IVA del evento debe ser igual o superior a 100.000 €. La subvención se considera importe cierto, con la diferencia de financiación necesaria para su total ejecución a cargo de la entidad beneficiaria.; El coste sin IVA del evento debe estar entre 100.000 y 1.000.000 euros para obtener la máxima puntuación en el criterio de impacto económico.; La redistribución del crédito se podrá realizar una vez atendidas las solicitudes que cumplen los requisitos administrativos y técnicos. La cuantía de la subvención será especificada en la propuesta de resolución provisional y definitiva.. Presupuesto total: 600.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN EL BOCM. Fin: 20 DÍAS HÁBILES DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN EL BOCM.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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