Resumen: Es una subvención directa del Cabildo Insular de Gran Canaria destinada a INFECAR, con el objetivo de financiar su evento anual. Interesa principalmente entidades que no desarrollan actividad económica en la isla.
Qué financia
Financia el evento FERIA DE ARTESANÍA DE GRAN CANARIA OTOÑO SUR 2025
A quién va dirigida
Organizaciones sin actividad económica propia que participen o estén relacionadas con INFECAR
Requisitos
Presentar documentación solicitando la subvención
Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones señaladas en el art.13 de la Ley 38/2003
Justificar la realización de la actividad y aplicación de fondos recibidos hasta el 29 de mayo de 2026
Presentar cuenta justificativa con informe de auditor conforme a las normativas establecidas
Gastos subvencionables
Gastos derivados de la organización y celebración del evento 'FERIA DE ARTESANÍA DE GRAN CANARIA OTOÑO SUR 2025'
Gastos derivados de la organización y celebración del evento
Documentación a presentar
Documentación administrativa acreditativa de la representación legal
Certificados de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
Declaración responsable firmada electrónicamente
Cuenta justificativa acompañada de un informe de auditor
Declaración responsable de la Directora General de INFECAR firmada electrónicamente
Condiciones económicas
El pago se efectúa de forma anticipada. La justificación debe realizarse dentro del plazo establecido, y se requiere un informe de auditor conforme al artículo 74 del Real Decreto 887/2006.; Abono anticipado; gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa es subvencionable
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones sin actividad económica propia que participen o estén relacionadas con INFECAR
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 100% del coste subvencionable. El pago se efectúa de forma anticipada. La justificación debe realizarse dentro del plazo establecido, y se requiere un informe de auditor conforme al artículo 74 del Real Decreto 887/2006.; Abono anticipado; gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa es subvencionable. Presupuesto total: 187.500 €
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.