● Abierta100% del coste642.000 €

Subvención para actuaciones selvícolas en montes privados

AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
Denominación oficial (BDNS): Subvención montes titularidad privada feader 2026-27 actuaciones selvícolas
Resumen: Es una subvención que financía actividades forestales y silviculturales en propiedades privadas. Interesa a pequeñas empresas, agricultores y personas físicas con actividad económica.

Qué financia

Financia actuaciones selvícolas en montes titularidad privada

A quién va dirigida

Pequeños empresarios, agricultores y personas físicas que realizan actividades forestales o silviculturales en propiedades privadas de la Comunidad de Madrid.

Requisitos

  • Ser titular forestal privado de montes en la Comunidad de Madrid.
  • Cumplir los requisitos establecidos por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Tener la residencia fiscal fuera de un país o territorio no calificado como paraíso fiscal.
  • Ser titular forestal privado de montes dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid
  • Cumplir requisitos y obligaciones establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre
  • Tener residencia fiscal fuera de un país o territorio no calificado como paraíso fiscal
  • Cuentar con plan de gestión forestal si el monte es superior a 50 hectáreas
  • Presentar tres ofertas de diferentes proveedores cuando el gasto supere ciertos límites
  • Acreditar que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid

Gastos subvencionables

  • Inversiones forestales no productivas en actuaciones selvícolas con objetivos ambientales y restauración de daños.
  • Redacción del proyecto técnico de obras
  • Tratamientos selvícolas (poda, apeo, retirada de restos de vegetación)
  • Realización de fajinas y albarradas para retener suelos
  • Repoblación forestal
  • Protección de plantaciones y regenerado natural
  • Restauración de hábitats (puntos de agua para fauna silvestre)
  • Reparación y mejora de pistas forestales existentes
  • Inversiones forestales no productivas en restauración de daños forestales
  • Actuaciones selvícolas con objetivos ambientales

Criterios de valoración

  • Cumplir con las condiciones técnicas definidas en la concesión de ayuda
  • Contar con los permisos y autorizaciones necesarias antes de realizar inversiones subvencionables
  • No dedicar zonas repobladas a uso agrícola o ganadero durante cinco años desde el pago final de la ayuda
  • Mantener forestación o reforestación durante cinco años después del pago final de la ayuda
  • Criterios de eficiencia y economía para la elección entre las ofertas presentadas

Documentación a presentar

  • Proyecto técnico de obras firmado por un técnico forestal competente y visado por el Colegio oficial correspondiente
  • Plan de gestión forestal si el monte es superior a 50 hectáreas
  • Permisos y autorizaciones necesarias antes de realizar inversiones subvencionables
  • DNI/NIE o NIF
  • Escritura o documento público de constitución (para personas jurídicas)
  • Documentación acreditativa de representación
  • Acreditación de tener la residencia fiscal fuera de un país o territorio no calificado reglamentariamente como paraíso fiscal
  • Propiedad del monte
  • Anexo II (memoria-resumen)
  • Dos planos topográficos
  • Capas de delimitación del monte y de las actuaciones
  • Proyecto técnico de obra (si el gasto supera 20.000 euros)

Condiciones económicas

Las ayudas están cofinanciadas con los porcentajes siguientes: FEADER (23%), AGE (7%) y Comunidad de Madrid (70%).; No se especifica un importe máximo simple. Se establecen importes unitarios para diferentes tipos de actuaciones, con moderación de costes que puede requerir presentar ofertas de proveedores.; Las ayudas reguladas en la presente convocatoria estarán sujetas a los límites máximos establecidos para cada intervención, que serán: un máximo de 60.000 euros por beneficiario y ejercicio de la convocatoria para la intervención 6881.3 Ayudas a inversiones forestales no productivas en restauración de daños forestales; un máximo de 40.000 euros por beneficiario y ejercicio de la convocatoria para la intervención 6881.4 Ayudas a inversiones forestales no productivas en actuaciones selvícolas con objetivos ambientales.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pequeños empresarios, agricultores y personas físicas que realizan actividades forestales o silviculturales en propiedades privadas de la Comunidad de Madrid.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 100% del coste subvencionable. Las ayudas están cofinanciadas con los porcentajes siguientes: FEADER (23%), AGE (7%) y Comunidad de Madrid (70%).; No se especifica un importe máximo simple. Se establecen importes unitarios para diferentes tipos de actuaciones, con moderación de costes que puede requerir presentar ofertas de proveedores.; Las ayudas reguladas en la presente convocatoria estarán sujetas a los límites máximos establecidos para cada intervención, que serán: un máximo de 60.000 euros por beneficiario y ejercicio de la convocatoria para la intervención 6881.3 Ayudas a inversiones forestales no productivas en restauración de daños forestales; un máximo de 40.000 euros por beneficiario y ejercicio de la convocatoria para la intervención 6881.4 Ayudas a inversiones forestales no productivas en actuaciones selvícolas con objetivos ambientales.. Presupuesto total: 642.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN EL BOCM. Fin: 15 DÍAS HÁBILES A CONTAR DESDE LA FECHA DE INICIO.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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