25% del coste2.000 €

Subvención para el programa Vacaciones en paz de la Asociación Solidariedad Galega Co Pobo Saharaiu

LOCAL · LUGO · CONCELLO DE LUGO
Denominación oficial (BDNS): Subvención nominativa a ASOCIACIÓN SOLIDARIEDADE GALEGA CO POBO SAHARAIU para la financiación del programa Vacaciones en paz. Año 2026.
Resumen: Es una subvención que financía un programa social ofreciendo vacaciones a personas con necesidades específicas. Está dirigida a asociaciones sin ánimo de lucro.

Qué financia

Financiación del programa Vacaciones en paz para brindar vacaciones a personas con necesidades sociales

A quién va dirigida

Asociaciones sin ánimo de lucro que trabajen en servicios sociales y promoción social

Requisitos

  • Cumplir con los objetivos establecidos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local.
  • Realizar actividades que complementen las atribuidas al Ayuntamiento en la legislación básica del Estado de régimen local.
  • No utilizar la imagen de la mujer como reclamo y con connotaciones sexuales o la denigración de su imagen.
  • Publicar información relativa a subvenciones y ayudas públicas si perciben cuando menos el 40% de sus ingresos anuales que tengan carácter de ayuda o subvención pública.
  • Colaborar con el Ayuntamiento de Lugo en todo aquello que haya sido requerido
  • Cumplir con las obligaciones de difusión contenidas en la Ley general de subvenciones
  • Realizar el proyecto según las especificaciones
  • Lucir el logotipo del Ayuntamiento de Lugo en sus actividades
  • Incorporar la lengua gallega en comunicaciones
  • Cumplir con la Ley 19/2013 sobre transparencia y publicidad

Gastos subvencionables

  • Nóminas
  • Seguridad Social
  • Desplazamientos acreditados mediante factura
  • Alojamientos
  • Mantenimiento
  • Material cultural/deportivo no inventariable
  • Gastos de publicidad
  • Gastos de suministro y cualquier otro gasto relacionado con el objeto estricto de la subvención.
  • Manutención
  • Materiales culturales/deportivos no inventariables
  • Gastos de suministro y cualquier otro gasto relacionado con el objeto estricto de la subvención
  • Seguridad social
  • Desplazamientos acreditados por factura
  • Gastos de suministro

Documentación a presentar

  • Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Lugo y la entidad beneficiaria.
  • Anexos comunes (anexo I, II, III, IV, V, VI).
  • Memoria explicativa y detallada de la realización del proyecto, con relación de gastos e ingresos
  • Facturas y demás documentos de valor probatorio
  • Certificado acreditativo de la titularidad en el caso de pagos con tarjeta débito
  • En el caso de presentar gastos en moneda extranjera, se presentará un certificado bancario en el que conste el cambio a euros en la fecha del gasto
  • Memoria explicativa y detallada del proyecto con relación de gastos e ingresos
  • Facturas y documentos de valor probatorio acreditados por pago
  • Certificados bancarios para cambios en moneda extranjera

Condiciones económicas

La subvención se otorga directamente y está sujeta a un modelo normalizado de convenio. Los gastos deben ser estrictamente necesarios para la actividad subvencionada, dentro del plazo de ejecución y no superar el valor del mercado.; El plazo para la realización de la actividad es desde el 01.01.26 al 31.12.26. Los gastos subvencionables no pueden superar el valor del mercado y deben estar justificados con facturas y documentos acreditativos.; El Ayuntamiento aporta 2.500 € y la entidad beneficiaria debe justificar gastos totales que no superen el 90% del coste de la actividad.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Asociaciones sin ánimo de lucro que trabajen en servicios sociales y promoción social
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 25% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 10.000 €. La subvención se otorga directamente y está sujeta a un modelo normalizado de convenio. Los gastos deben ser estrictamente necesarios para la actividad subvencionada, dentro del plazo de ejecución y no superar el valor del mercado.; El plazo para la realización de la actividad es desde el 01.01.26 al 31.12.26. Los gastos subvencionables no pueden superar el valor del mercado y deben estar justificados con facturas y documentos acreditativos.; El Ayuntamiento aporta 2.500 € y la entidad beneficiaria debe justificar gastos totales que no superen el 90% del coste de la actividad.. Presupuesto total: 2.000 €

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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