● Abierta · hasta 31/12/202614.000 €

Subvención para el proyecto de atención psicosocial 'Sur Compasión' en Adeje

LOCAL · ADEJE · AYUNTAMIENTO DE ADEJE
Denominación oficial (BDNS): Subvención nominativa a la ASOCIACIÓN NO SOMOS DE SEGUNA para el desarrollo del proyecto de atención psicosocial "Sur Compasión" durante el ejercicio 2026
Resumen: Es una subvención destinada a la asociación ASOCIACIÓN NO SOMOS DE SEGUNDA para financiar su proyecto de atención psicosocial. Está dirigida a entidades sin ánimo de lucro que trabajan en servicios sociales y sanitarios.

Qué financia

Financia el desarrollo del proyecto de atención psicosocial 'Sur Compasión'.

A quién va dirigida

Asociaciones o entidades sin ánimo de lucro que prestan servicios de salud mental y atención social.

Requisitos

  • No haber sido condenadas a la pena de pérdida de posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
  • No estar declarado insolvente ni sujeto a intervención judicial.
  • Cumplir con las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No tener cantidad pendiente de reintegro a la Tesorería municipal.
  • Cumplimiento de obligaciones tributarias
  • No estar al corriente con la Seguridad Social
  • Acreditar que no hay cantidad pendiente de reintegro con la Tesorería municipal
  • Cumplir con el proyecto o actividad que fundamentó la concesión de la subvención.
  • Justificar ante el Ayuntamiento de Adeje el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y finalidad.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control requeridas por los órganos municipales.
  • Comunicar al Ayuntamiento de Adeje la obtención de otras subvenciones o ayudas que financien las actividades subvencionables.
  • Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados o estados contables que garanticen el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos.
  • Proceder al reintegro de los fondos públicos percibidos en los supuestos contemplados en el Artículo 37 de la LGS.
  • Otorgar la adecuada publicidad a los fondos públicos recibidos.

Gastos subvencionables

  • Gastos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen dentro del plazo establecido.

Criterios de valoración

  • Cumplimiento del objetivo, actividad o proyecto subvencionado
  • Justificación adecuada y en plazo
  • No haber incluido gastos no justificados en la justificación

Documentación a presentar

  • Informe que acredite no haber cantidad alguna pendiente de reintegro con la Tesorería municipal.
  • Documentación que demuestre cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Informe que acredite falta de cantidad pendiente de reintegro con la Tesorería municipal
  • Documento contable 'AD' con el beneficiario e importe a conceder
  • Justificación documental de gastos realizados
  • Facturas y documentos probatorios de gasto
  • Memoria económica con facturas, nóminas y certificaciones que justifiquen las actividades realizadas.
  • Libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados o estados contables.

Condiciones económicas

La subvención se otorga directamente y está prevista nominativamente en el Presupuesto Municipal.; La subvención se canaliza mediante resolución administrativa, con plazos y modos de pago detallados en las bases reguladoras. La justificación debe incluir declaración de actividades realizadas y su coste.; La cuantía a justificar deberá ser el importe de la cantidad concedida. La falta de justificación dará lugar a la pérdida de la subvención.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Asociaciones o entidades sin ánimo de lucro que prestan servicios de salud mental y atención social.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 14.000 €. La subvención se otorga directamente y está prevista nominativamente en el Presupuesto Municipal.; La subvención se canaliza mediante resolución administrativa, con plazos y modos de pago detallados en las bases reguladoras. La justificación debe incluir declaración de actividades realizadas y su coste.; La cuantía a justificar deberá ser el importe de la cantidad concedida. La falta de justificación dará lugar a la pérdida de la subvención.. Presupuesto total: 14.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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