● Abierta · hasta 31/12/20266.000 €

Subvención para gastos corrientes de la festividad musical 'Bajada' en La Palma

LOCAL · CABILDO INSULAR DE LA PALMA · EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA
Denominación oficial (BDNS): Subv. gastos corrientes celebracion festova de musica bajada 2025
Resumen: Es una subvención del Cabildo Insular de La Palma destinada a financiar los costos operativos de la celebración anual de la Bajada, un evento cultural importante.

Qué financia

Financia gastos corrientes para la organización y celebración de la festividad musical 'Bajada'.

A quién va dirigida

Organizaciones que no desarrollan actividad económica pero están relacionadas con el sector de entretenimiento y recreación.

Requisitos

  • Cumplir las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Justificar la subvención percibida para la misma finalidad en ejercicios anteriores.
  • Presentar justificación de la realización de la actividad, incluyendo memoria de actuación, memoria descriptiva de acciones de comunicación y publicidad, y memoria económica justificativa del coste de las actividades.
  • Colaborar en los gastos corrientes derivados del Festival de Música Bajada 2025
  • La subvención es compatible con otras ayudas para la misma finalidad, siempre que no supere el coste total del proyecto

Gastos subvencionables

  • Gastos corrientes derivados de la celebración del Festival de Música Bajada 2025.
  • Gastos corrientes derivados de la celebración del Festival de Música Bajada 2025

Documentación a presentar

  • Memoria de actuación justificativa de la realización de la actividad.
  • Memoria descriptiva de las acciones de comunicación y publicidad.
  • Memoria económica justificativa del coste de las actividades.
  • Cuenta Justificativa con memoria de actuación y económica justificativa
  • Relación clasificada de los gastos, incluyendo datos de facturas o documentos probatorios
  • Memoria descriptiva de acciones de comunicación y publicidad

Condiciones económicas

Los gastos superiores a las cuantías establecidas en la ley 30/2007 deben solicitarse con al menos tres ofertas de proveedores, salvo excepciones.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones que no desarrollan actividad económica pero están relacionadas con el sector de entretenimiento y recreación.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 6.000 €. Los gastos superiores a las cuantías establecidas en la ley 30/2007 deben solicitarse con al menos tres ofertas de proveedores, salvo excepciones.. Presupuesto total: 6.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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