● Abierta · hasta 31/12/202660.000 €

Subvención para Servicios de Apoyo a la Silvicultura en Asturias

AUTONOMICA · PRINCIPADO DE ASTURIAS · CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y POLÍTICA AGRARIA
Denominación oficial (BDNS): PROFOAS-2026. Resolución de 11 de junio 2026 por la que se concede subvención nominativa y se paga el 100% anticipadamente.
Resumen: Es una subvención que financía servicios de apoyo a la silvicultura. Está dirigida a personas jurídicas sin actividad económica.

Qué financia

Financia servicios de apoyo a la silvicultura en Asturias.

A quién va dirigida

Personas jurídicas que no realizan actividades económicas y desean financiar servicios relacionados con la silvicultura.

Requisitos

  • La Asociación debe estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Debe presentar declaración responsable de cumplir los requisitos para ser beneficiario según el artículo 13 de la Ley 38/2003.

Gastos subvencionables

  • Gastos de alquiler de locales, vehículos y/o medios necesarios para la realización de actividades.
  • Gastos de publicidad.
  • Gastos de contratación de empresas y/o personas en relación con la actividad.
  • Gastos correspondientes a desplazamientos o gastos de hospedaje y restauración.
  • Cuotas abonadas por pertenecía a asociaciones.
  • Cuotas de inscripción a cursos de formación técnica de los miembros de la asociación.
  • Gastos de personal, excepto las indemnizaciones por despido y jubilaciones anticipadas.
  • Material de oficina, fotocopias e imprenta.
  • Comunicaciones: correo y teléfono.
  • Contratación de servicios de asesoramiento técnicos, jurídicos, fiscales, contables o laborales.
  • IVA no recuperable cuando sea costeado de forma efectiva y definitiva por el beneficiario.

Documentación a presentar

  • Certificación del representante de la asociación acreditando la realización de la actividad en el plazo señalado.
  • Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
  • Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago, acompañada de las facturas originales y justificantes de pago bancario.
  • Declaración responsable suscrita por el representante de la entidad según el modelo del anexo I.
  • Acreditación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Condiciones económicas

La subvención se abonará en su totalidad, de modo anticipado, sin necesidad de garantía alguna. Los gastos deben ser justificados documentalmente entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Personas jurídicas que no realizan actividades económicas y desean financiar servicios relacionados con la silvicultura.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 60.000 €. La subvención se abonará en su totalidad, de modo anticipado, sin necesidad de garantía alguna. Los gastos deben ser justificados documentalmente entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.. Presupuesto total: 60.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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