Subvención para Servicios de Apoyo a la Silvicultura en Asturias
AUTONOMICA · PRINCIPADO DE ASTURIAS · CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y POLÍTICA AGRARIA
Denominación oficial (BDNS): PROFOAS-2026. Resolución de 11 de junio 2026 por la que se concede subvención nominativa y se paga el 100% anticipadamente.
Resumen: Es una subvención que financía servicios de apoyo a la silvicultura. Está dirigida a personas jurídicas sin actividad económica.
Qué financia
Financia servicios de apoyo a la silvicultura en Asturias.
A quién va dirigida
Personas jurídicas que no realizan actividades económicas y desean financiar servicios relacionados con la silvicultura.
Requisitos
La Asociación debe estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Debe presentar declaración responsable de cumplir los requisitos para ser beneficiario según el artículo 13 de la Ley 38/2003.
Gastos subvencionables
Gastos de alquiler de locales, vehículos y/o medios necesarios para la realización de actividades.
Gastos de publicidad.
Gastos de contratación de empresas y/o personas en relación con la actividad.
Gastos correspondientes a desplazamientos o gastos de hospedaje y restauración.
Cuotas abonadas por pertenecía a asociaciones.
Cuotas de inscripción a cursos de formación técnica de los miembros de la asociación.
Gastos de personal, excepto las indemnizaciones por despido y jubilaciones anticipadas.
Material de oficina, fotocopias e imprenta.
Comunicaciones: correo y teléfono.
Contratación de servicios de asesoramiento técnicos, jurídicos, fiscales, contables o laborales.
IVA no recuperable cuando sea costeado de forma efectiva y definitiva por el beneficiario.
Documentación a presentar
Certificación del representante de la asociación acreditando la realización de la actividad en el plazo señalado.
Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago, acompañada de las facturas originales y justificantes de pago bancario.
Declaración responsable suscrita por el representante de la entidad según el modelo del anexo I.
Acreditación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Condiciones económicas
La subvención se abonará en su totalidad, de modo anticipado, sin necesidad de garantía alguna. Los gastos deben ser justificados documentalmente entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Personas jurídicas que no realizan actividades económicas y desean financiar servicios relacionados con la silvicultura.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 60.000 €. La subvención se abonará en su totalidad, de modo anticipado, sin necesidad de garantía alguna. Los gastos deben ser justificados documentalmente entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.. Presupuesto total: 60.000 €
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