Cerrada2.780.000 €

Subvenciones de fomento de la economía social en Murcia

AUTONOMICA · REGIÓN DE MURCIA · CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ECONOMÍA SOCIAL
Denominación oficial (BDNS): Subvenciones de fomento de la Economía Social. Programa 1º Empleo en Cooperativas y Sociedades Laborales
Resumen: Este programa ofrece subvenciones para promover el empleo a través de cooperativas y sociedades laborales. Está dirigido principalmente a pymes y personas físicas.

Qué financia

Fomentar la creación y expansión de cooperativas y sociedades laborales, con un enfoque especial en el aumento del empleo.

A quién va dirigida

Pymes y trabajadores autónomos que deseen desarrollar su actividad económica a través de estructuras colectivas como cooperativas o sociedades laborales.

Requisitos

  • Ser pequeñas y medianas empresas de economía social en los Programas 1º, 2º y 3º
  • Ser organizaciones empresariales de Economía Social de carácter sectorial e intersectorial en los Programas 4º y 5º
  • No estar integradas ni asociadas a otras organizaciones empresariales de economía social
  • Cumplir requisitos del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
  • No tener deudas tributarias con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y seguridades sociales
  • Tener su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia
  • Cumplir plazos de pago previstos en la Ley 3/2004 si las subvenciones son superiores a 30.000 €
  • Cumplir obligaciones recogidas en la Ley 8/2006, de Sociedades Cooperativas
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
  • Asumir el cumplimiento del apartado VI del Código de Conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas
  • Las deudas estén suspendidas o garantizadas
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Pública del Estado
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social
  • Domicilio social y fiscal en la Región de Murcia
  • Cumplir plazos de pago previstos por la Ley 3/2004 si las subvenciones son superiores a 30.000 euros
  • Asumir el cumplimiento del apartado VI del Código de Conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia
  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención
  • Justificar ante la Dirección General competente en materia de economía social el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión y disfrute de la subvención
  • Comunicar a la Dirección General competente en materia de economía social la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas tan pronto como se conozca

Criterios de valoración

  • Baremo aplicado por la Comisión de Valoración
  • Ordenar expedientes de mayor a menor puntuación
  • Considerar igualdad de puntuación total entre varios expedientes y ordenarlos por riguroso orden de entrada de la última documentación

Documentación a presentar

  • Documentos requeridos en cada programa de ayuda
  • Certificaciones del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Comprobar cuantos datos sean aportados por los interesados, pudiendo requerir documentación complementaria

Condiciones económicas

El gasto elegible total es de 2.300.000 €, procedentes del MTES (200.000 €) y del FSE+ (2.100.000 €). El crédito puede ser ampliado hasta 7.052.500 € si hay disponibilidad presupuestaria.; Las ayudas se concederán para centros de trabajo ubicados en la Región de Murcia. Las cooperativas deben cumplir con requisitos específicos como el depósito de cuentas anuales y disponibilidad de página web corporativa si es aplicable.; Las ayudas se someten al régimen de 'mínimis', establecido en el Reglamento (UE) 2023/2831, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis. El importe total de las ayudas de 'minimis' concedidas a una única empresa no excederá de 300.000 euros durante cualquier periodo de tres años.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pymes y trabajadores autónomos que deseen desarrollar su actividad económica a través de estructuras colectivas como cooperativas o sociedades laborales.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
El gasto elegible total es de 2.300.000 €, procedentes del MTES (200.000 €) y del FSE+ (2.100.000 €). El crédito puede ser ampliado hasta 7.052.500 € si hay disponibilidad presupuestaria.; Las ayudas se concederán para centros de trabajo ubicados en la Región de Murcia. Las cooperativas deben cumplir con requisitos específicos como el depósito de cuentas anuales y disponibilidad de página web corporativa si es aplicable.; Las ayudas se someten al régimen de 'mínimis', establecido en el Reglamento (UE) 2023/2831, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis. El importe total de las ayudas de 'minimis' concedidas a una única empresa no excederá de 300.000 euros durante cualquier periodo de tres años.. Presupuesto total: 2.780.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: al día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BORM. Fin: 13/10/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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