Subvenciones de fomento de la economía social en Murcia
Qué financia
Fomentar la creación y expansión de cooperativas y sociedades laborales, con un enfoque especial en el aumento del empleo.
A quién va dirigida
Pymes y trabajadores autónomos que deseen desarrollar su actividad económica a través de estructuras colectivas como cooperativas o sociedades laborales.
Requisitos
- Ser pequeñas y medianas empresas de economía social en los Programas 1º, 2º y 3º
- Ser organizaciones empresariales de Economía Social de carácter sectorial e intersectorial en los Programas 4º y 5º
- No estar integradas ni asociadas a otras organizaciones empresariales de economía social
- Cumplir requisitos del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
- No tener deudas tributarias con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y seguridades sociales
- Tener su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia
- Cumplir plazos de pago previstos en la Ley 3/2004 si las subvenciones son superiores a 30.000 €
- Cumplir obligaciones recogidas en la Ley 8/2006, de Sociedades Cooperativas
- Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
- Asumir el cumplimiento del apartado VI del Código de Conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas
- Las deudas estén suspendidas o garantizadas
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Pública del Estado
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social
- Domicilio social y fiscal en la Región de Murcia
- Cumplir plazos de pago previstos por la Ley 3/2004 si las subvenciones son superiores a 30.000 euros
- Asumir el cumplimiento del apartado VI del Código de Conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia
- Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención
- Justificar ante la Dirección General competente en materia de economía social el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión y disfrute de la subvención
- Comunicar a la Dirección General competente en materia de economía social la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas tan pronto como se conozca
Criterios de valoración
- Baremo aplicado por la Comisión de Valoración
- Ordenar expedientes de mayor a menor puntuación
- Considerar igualdad de puntuación total entre varios expedientes y ordenarlos por riguroso orden de entrada de la última documentación
Documentación a presentar
- Documentos requeridos en cada programa de ayuda
- Certificaciones del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Comprobar cuantos datos sean aportados por los interesados, pudiendo requerir documentación complementaria
Condiciones económicas
El gasto elegible total es de 2.300.000 €, procedentes del MTES (200.000 €) y del FSE+ (2.100.000 €). El crédito puede ser ampliado hasta 7.052.500 € si hay disponibilidad presupuestaria.; Las ayudas se concederán para centros de trabajo ubicados en la Región de Murcia. Las cooperativas deben cumplir con requisitos específicos como el depósito de cuentas anuales y disponibilidad de página web corporativa si es aplicable.; Las ayudas se someten al régimen de 'mínimis', establecido en el Reglamento (UE) 2023/2831, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis. El importe total de las ayudas de 'minimis' concedidas a una única empresa no excederá de 300.000 euros durante cualquier periodo de tres años.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
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