Subvenciones para el funcionamiento de sectores comerciales, hosteleros y hoteles en Madrid
Qué financia
Financia el funcionamiento de los sectores comercial, hostelero y hotelero
A quién va dirigida
Pymes que operan en el sector comercial, hostelero o hotelero en Madrid
Requisitos
- Ser entidad sin ánimo de lucro
- Domicilio social o delegación en Madrid
- Mayoritariamente constituida por empresarios y profesionales del sector comercial, hostelero y hotelero
- Desarrollar actividad principalmente dentro de Madrid
- Formalmente constituida e inscrita
- Integrar un mínimo de 20 asociados con establecimientos en Madrid
- Facturas emitidas a nombre del solicitante
- Acreditación del pago de las facturas o justificantes de gastos satisfechos
- Escritura o acta fundacional y estatutos de la entidad solicitante inscritos en el registro correspondiente
- Declaración del representante legal de la entidad solicitante
- Documentación que acredite cumplimiento tributario y con Seguridad Social
- Presentar justificaciones de otras subvenciones recibidas si las hubiera
- Tener más de 20 trabajadores en plantilla
- Aceptar obligaciones en materia de publicidad
Gastos subvencionables
- Alquiler a precios de mercado de locales destinados a la gestión ordinaria y habitual
- Cuotas periódicas de comunidades de propietarios (si es propietario del inmueble)
- Gastos de personal propio para funciones de dirección, gerencia, administración
- Gastos de personal externo únicamente para tareas de dirección o gerencia
- Gastos que se identifiquen con claridad y facilidad en la descripción del concepto de las facturas
Criterios de valoración
- Representatividad de la entidad (20 puntos)
- Pertinencia y calidad de los gastos aportados (50 puntos)
- Actuaciones de promoción comercial, hostelera y hotelera (30 puntos)
Documentación a presentar
- Solicitud conforme al modelo
- Listado detallado de gastos en hoja de cálculo EXCEL EDITABLE con memoria explicativa firmada por el representante legal
- Facturas, recibos y documentos justificativos de gasto
- Acreditación del pago de las facturas o justificantes de los gastos satisfechos
- Facturas, recibos, contratos, nóminas
- Copia del resguardo del cargo bancario o extracto bancario
- Cheque emitido a nombre del proveedor y copia del extracto bancario
- Factura o recibo firmado por el acreedor en caso de pago en efectivo
- Escritura o acta fundacional y estatutos de la entidad solicitante
- Declaración del representante legal de la entidad solicitante
- Certificado acreditativo de cumplimiento tributario local
- Anexo III relativo a la valoración de los gastos de funcionamiento
- Anexo IV relativo a la valoración de las acciones de promoción de sectores comerciales, hosteleros y hoteleros
Condiciones económicas
La cuantía máxima varía según la representatividad: entre 20.000 € y 100.000 €, con un tope adicional de más de 20 trabajadores en plantilla para entidades con 1.000 o más asociados.; Los originales o copias de los documentos deben permanecer depositados durante al menos cuatro años. Las facturas y documentos electrónicos deben cumplir con los requisitos tributarios.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.