10.000 €

Subvenciones para fomentar la contratación juvenil en PYMEs de Cantabria

AUTONOMICA · CANTABRIA · CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO, INNOVACIÓN Y COMERCIO
Denominación oficial (BDNS): Decreto 56/2026, de 23 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a fomentar la contratación juvenil en pequeñas y medianas empresas. Reglamento (UE) 717/2014. Minimis pesca y acuicultura.
Resumen: Este decreto regula la concesión directa de subvenciones a pequeñas y medianas empresas (PYMES) y personas físicas que desarrollan actividad económica, con el objetivo de fomentar la contratación juvenil en Cantabria.

Qué financia

Fomento del empleo mediante la contratación de jóvenes en PYMEs

A quién va dirigida

Pequeñas y medianas empresas (PYMES) y personas físicas que desarrollan actividad económica en Cantabria

Requisitos

  • Desarrollar actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria
  • Concertar contratos de trabajo subvencionables o sus prórrogas con personas jóvenes específicas
  • Ejecutar trabajos en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria
  • Acreditar estar al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de ingreso público
  • La empresa no puede haber sido sancionada por infracciones graves relacionadas con seguridad, salud laboral o relaciones laborales.
  • No pueden ser subvencionables contrataciones realizadas por Administraciones Públicas o entre empresas controladas.
  • Las personas contratadas deben estar inscritas en el Servicio Cántabro de Empleo y tener menos de 30 años.
  • La empresa debe cumplir con normativas sobre prevención laboral, medio ambiente e igualdad.
  • Declaración responsable sobre circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiaria
  • Organización de actividad preventiva según normativa vigente
  • Cumplimiento de normativas de prevención de riesgos laborales y medioambiental
  • No incurre en exclusiones previstas por el Decreto
  • Respeto a los límites establecidos en el artículo 2 del Real Decreto 1065/2025
  • Selección como beneficiaria del distintivo de calidad educativa 'Empresa Formadora de FP Dual'
  • Autorización para comprobación, seguimiento y control

Gastos subvencionables

  • Formación en alternancia
  • Contratos formativos para la obtención de la práctica profesional
  • Prórroga de estos contratos
  • Prácticas profesionales

Criterios de valoración

  • Cumplimiento de requisitos establecidos en el Decreto
  • Exactitud de datos declarados o facilitados por la solicitante
  • Necesidad de subsanación si faltan datos o documentos

Documentación a presentar

  • Solicitud de subvención
  • Certificado electrónico firmado por la representante legal
  • Documentos acreditativos de inscripción en el Servicio Cántabro de Empleo y alta en Seguridad Social
  • Declaración responsable sobre concurrencia con otras ayudas y minimis
  • Informe de código de cuenta de cotización en Seguridad Social
  • Declaración Censal o certificación de domicilio fiscal
  • Copia de carta de despido y certificación ORECLA si hubo despidos procedentes
  • Certificados actualizados sobre obligaciones con Agencia Estatal, Seguridad Social y Administración Autonómica
  • Contrato de trabajo objeto de solicitud de subvención
  • Autorización para consultar datos personales
  • Informe de vida laboral actualizado
  • Documentos acreditativos de identidad y circunstancias particulares (discapacidad, violencia de género, terrorismo)

Condiciones económicas

Las subvenciones son compatibles con ayudas de minimis según los reglamentos europeos correspondientes. El importe total de las ayudas concedidas por un Estado miembro a una única empresa no excederá ciertos límites durante cualquier periodo de tres años.; Los importes pueden aumentar según circunstancias como ser víctima de violencia de género, persona con discapacidad o terrorismo. También hay incrementos para microempresas y empresas en zonas de riesgo de despoblamiento.; El importe de la subvención no podrá superar el coste de la actividad subvencionada, reduciéndose en caso de que se supere el tope.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pequeñas y medianas empresas (PYMES) y personas físicas que desarrollan actividad económica en Cantabria
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Las subvenciones son compatibles con ayudas de minimis según los reglamentos europeos correspondientes. El importe total de las ayudas concedidas por un Estado miembro a una única empresa no excederá ciertos límites durante cualquier periodo de tres años.; Los importes pueden aumentar según circunstancias como ser víctima de violencia de género, persona con discapacidad o terrorismo. También hay incrementos para microempresas y empresas en zonas de riesgo de despoblamiento.; El importe de la subvención no podrá superar el coste de la actividad subvencionada, reduciéndose en caso de que se supere el tope.. Presupuesto total: 10.000 €

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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