Asistencia económica para construcción de baños en local municipal
Qué financia
Financia la construcción de baños en un local municipal
A quién va dirigida
Ayuntamientos y otras entidades locales que no desarrollan actividades económicas
Requisitos
- Ser entidad local autónoma, municipio, mancomunidad o consorcio
- No estar al corriente de obligaciones tributarias con administración o Seguridad Social (excepto en supuestos especiales)
- Razones de interés público, social, económico o humanitario
- Necesidad inaplazable en la prestación de servicios municipales obligatorios
- Acreditación del supuesto correspondiente mediante informe técnico
Gastos subvencionables
- Inversiones, actividades y servicios de competencia municipal
Criterios de valoración
- Interés público, social, económico o humanitario
- Emergencia u otras razones justificadas
- Atención preferente a los municipios de menor población
- Solidaridad y equilibrio interterritorial
- Respeto a la autonomía municipal
- Economía, eficacia y eficiencia
- Transversalidad entre Áreas
Documentación a presentar
- Memoria explicativa suscrita por el Diputado correspondiente
- Documentación específica solicitada por las entidades locales
- Certificado de existencia de crédito en casos específicos
Condiciones económicas
No se especifican importes máximos simples, pero hay supuestos especiales excluidos de la planificación regulada. Se considera asistencia económica a entidades locales con necesidades inaplazables en servicios municipales básicos.; La ayuda se ajusta a la normativa propia y puede ser cofinanciada. Existen plazos para el ingreso de las aportaciones económicas, con posibilidad de ampliación si es necesario.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.