Asistencia económica para dinamización del emprendimiento en Vera
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE ALMERÍA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA
Denominación oficial (BDNS): TF.- ASISTENCIA ECONÓMICA NOMINATIVA AYUNTAMIENTO DE VERA PARA DINAMIZACIÓN DEL EMPRENDIMIENTO, EL A UTOEMPLEO Y LA INNOVACIÓN EMPRESARIAL, EJERCICIO 2026. Decreto 1.555 de 30/06/26
Resumen: Es un programa de ayudas económicas directas del Ayuntamiento de Vera, destinado a fomentar el emprendimiento y la innovación empresarial. Está dirigido a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.
Qué financia
Financia proyectos para impulsar el desarrollo económico local mediante asistencia económica
A quién va dirigida
Personas jurídicas sin actividad económica en Vera
Requisitos
Ser municipio, entidad local autónoma, mancomunidad de municipios o consorcio local
No estar obligado a cumplir con las obligaciones tributarias con cualquier administración o la Seguridad Social (en aplicación del artículo 13.4º bis de LAULA)
Presentar solicitudes priorizadas con documentación específica
Gastos subvencionables
Inversiones, actividades y servicios de competencia municipal
Criterios de valoración
Atención preferente a los municipios de menor población
Solidaridad y equilibrio interterritorial
Respeto a la autonomía municipal
Economía, eficacia y eficiencia
Transversalidad entre Áreas
Documentación a presentar
Documentación específica solicitada por las áreas gestoras en el proceso de solicitud
Condiciones económicas
La subvención se ajustará a la regulación específica de esta norma provincial, resultando supletoria las disposiciones generales de la Ley General de Subvenciones. La financiación del Plan/Planes se realizará con cargo al presupuesto general y puede ser compatible con otras ayudas.; Cofinanciación; plazos para el ingreso de aportaciones económicas
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Personas jurídicas sin actividad económica en Vera
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
La subvención se ajustará a la regulación específica de esta norma provincial, resultando supletoria las disposiciones generales de la Ley General de Subvenciones. La financiación del Plan/Planes se realizará con cargo al presupuesto general y puede ser compatible con otras ayudas.; Cofinanciación; plazos para el ingreso de aportaciones económicas. Presupuesto total: 150.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: SIN PLAZO DE SOLICITUD. Fin: SIN PLAZO DE SOLICITUD.
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