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Asistencia económica para dinamización del emprendimiento en Vera

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE ALMERÍA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA
Denominación oficial (BDNS): TF.- ASISTENCIA ECONÓMICA NOMINATIVA AYUNTAMIENTO DE VERA PARA DINAMIZACIÓN DEL EMPRENDIMIENTO, EL A UTOEMPLEO Y LA INNOVACIÓN EMPRESARIAL, EJERCICIO 2026. Decreto 1.555 de 30/06/26
Resumen: Es un programa de ayudas económicas directas del Ayuntamiento de Vera, destinado a fomentar el emprendimiento y la innovación empresarial. Está dirigido a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Qué financia

Financia proyectos para impulsar el desarrollo económico local mediante asistencia económica

A quién va dirigida

Personas jurídicas sin actividad económica en Vera

Requisitos

  • Ser municipio, entidad local autónoma, mancomunidad de municipios o consorcio local
  • No estar obligado a cumplir con las obligaciones tributarias con cualquier administración o la Seguridad Social (en aplicación del artículo 13.4º bis de LAULA)
  • Presentar solicitudes priorizadas con documentación específica

Gastos subvencionables

  • Inversiones, actividades y servicios de competencia municipal

Criterios de valoración

  • Atención preferente a los municipios de menor población
  • Solidaridad y equilibrio interterritorial
  • Respeto a la autonomía municipal
  • Economía, eficacia y eficiencia
  • Transversalidad entre Áreas

Documentación a presentar

  • Documentación específica solicitada por las áreas gestoras en el proceso de solicitud

Condiciones económicas

La subvención se ajustará a la regulación específica de esta norma provincial, resultando supletoria las disposiciones generales de la Ley General de Subvenciones. La financiación del Plan/Planes se realizará con cargo al presupuesto general y puede ser compatible con otras ayudas.; Cofinanciación; plazos para el ingreso de aportaciones económicas

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Personas jurídicas sin actividad económica en Vera
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
La subvención se ajustará a la regulación específica de esta norma provincial, resultando supletoria las disposiciones generales de la Ley General de Subvenciones. La financiación del Plan/Planes se realizará con cargo al presupuesto general y puede ser compatible con otras ayudas.; Cofinanciación; plazos para el ingreso de aportaciones económicas. Presupuesto total: 150.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: SIN PLAZO DE SOLICITUD. Fin: SIN PLAZO DE SOLICITUD.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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