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Ayuda complementaria para seguros agrarios en Murcia

AUTONOMICA · REGIÓN DE MURCIA · CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
Denominación oficial (BDNS): Orden de la consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca, por la que se establece el procedimiento de concesión de la ayuda complementaria a la contratación de determinados seguros agrarios en la carm.
Resumen: Es un programa que ofrece ayuda económica a entidades jurídicas no económicas para contratar ciertos seguros agrarios. Está dirigido principalmente a organizaciones relacionadas con la agricultura, ganadería y pesca.

Qué financia

Financia los costos de contratación de determinados seguros agrarios

A quién va dirigida

Organizaciones jurídicas que no desarrollan actividad económica en el sector agrícola, ganadero o pesquero de la región de Murcia.

Requisitos

  • Contratar o renovar pólizas de seguros agrarios combinados certificadas por AGROSEGURO
  • No incurran en las causas de prohibición contenidos en los apartados 2 (excepto su letra e) y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • Consentir las comprobaciones necesarias para el otorgamiento de la subvención
  • Formalizar la solicitud con AGROSEGURO
  • Cumplir los requisitos legales y no estar prohibido para ser persona beneficiaria

Gastos subvencionables

  • Primas de seguros agrarios combinados certificadas por AGROSEGURO

Condiciones económicas

El importe de la subvención se establece en un porcentaje del 50% del importe de la subvención concedida por ENESA, con excepciones para ciertas líneas y módulos. El importe máximo a subvencionar por póliza es de 75.000 €.; El importe máximo no está especificado, pero hay un límite de 50.000 euros por certificación mensual o cuando alcancen ese importe justificado.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones jurídicas que no desarrollan actividad económica en el sector agrícola, ganadero o pesquero de la región de Murcia.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 75.000 €. El importe de la subvención se establece en un porcentaje del 50% del importe de la subvención concedida por ENESA, con excepciones para ciertas líneas y módulos. El importe máximo a subvencionar por póliza es de 75.000 €.; El importe máximo no está especificado, pero hay un límite de 50.000 euros por certificación mensual o cuando alcancen ese importe justificado.. Presupuesto total: 6.200.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Al día siguiente de su publicación en el BORM. Fin: 31 de diciembre 2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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