● Abierta · hasta 30/10/202650% del coste1.500.000 €

Ayuda económica para reactivar la economía tras la guerra en Oriente Medio

AUTONOMICA · PAÍS VASCO · DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, TRABAJO Y EMPLEO
Denominación oficial (BDNS): Ayuda extraord. perdidas economicas por guerra oriente medio
Resumen: Es una ayuda financiera destinada a pymes y personas físicas afectadas por las pérdidas económicas causadas por la guerra en Oriente Medio. Se dirige principalmente al sector de servicios públicos y sociales.

Qué financia

Financia proyectos que reactiven la economía local tras los impactos económicos de la guerra en Oriente Medio

A quién va dirigida

Pymes y personas físicas con actividades económicas afectadas por las consecuencias de la guerra en Oriente Medio

Requisitos

  • Desarrollar su actividad principalmente en la Comunidad Autónoma Vasca
  • Acreditar cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a Seguridad Social
  • No estar sancionada administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo
  • Comunicar solicitudes y obtención de subvenciones
  • Declarar responsablemente ayudas de minimis
  • Tener un plan de igualdad vigente (si es obligatorio)
  • No incurrir en deslocalización empresarial
  • Cumplir cuota legal de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad
  • Justificar las pérdidas económicas directamente relacionadas con los hechos subvencionables.
  • Cumplir con la documentación acreditativa de los hechos subvencionables antes del 14 de noviembre de 2026.

Gastos subvencionables

  • Facturas no susceptibles de ser cobradas con clientes o empresas de países afectados por la guerra
  • Costes directos de personal trabajando en países afectados y sin contingencia asegurada
  • Pedido en firme de material o producto que no se puede exportar a países afectados
  • Pérdida de inmovilizado según valor neto contable
  • Incremento del coste de materias primas relacionadas con la guerra
  • Incremento del coste de energía y transporte relacionados con la guerra
  • Pérdidas económicas directamente relacionadas con los hechos subvencionables.

Criterios de valoración

  • Relación directa entre las pérdidas y la guerra en Oriente Medio
  • Cumplimiento de requisitos establecidos por la Administración

Documentación a presentar

  • Memoria económica justificativa de pérdidas sufridas
  • Asiento contable de hechos subvencionables
  • Acuerdo o documento que acredite pérdida del pedido
  • Asiento contable de inmovilizado y gasto correspondiente por la pérdida
  • Acreditación de matriz de participación mayoritaria sobre filial
  • Facturas que acrediten aumento de coste de energía y transporte
  • Declaración responsable de la entidad solicitante

Condiciones económicas

El importe máximo varía según el número de trabajadores: 10.000 € para hasta 50 trabajadores y 20.000 € para más de 50 trabajadores.; La ayuda se distribuye según la plantilla laboral: hasta 50 personas socias trabajadoras (10.000 €) y más de 50 personas socias trabajadoras (20.000 €).

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pymes y personas físicas con actividades económicas afectadas por las consecuencias de la guerra en Oriente Medio
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 50% del coste subvencionable. El importe máximo varía según el número de trabajadores: 10.000 € para hasta 50 trabajadores y 20.000 € para más de 50 trabajadores.; La ayuda se distribuye según la plantilla laboral: hasta 50 personas socias trabajadoras (10.000 €) y más de 50 personas socias trabajadoras (20.000 €).. Presupuesto total: 1.500.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 10/09/2026. Fin: 30/10/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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