Resumen: Es una ayuda financiera destinada a pymes y personas físicas afectadas por las pérdidas económicas causadas por la guerra en Oriente Medio. Se dirige principalmente al sector de servicios públicos y sociales.
Qué financia
Financia proyectos que reactiven la economía local tras los impactos económicos de la guerra en Oriente Medio
A quién va dirigida
Pymes y personas físicas con actividades económicas afectadas por las consecuencias de la guerra en Oriente Medio
Requisitos
Desarrollar su actividad principalmente en la Comunidad Autónoma Vasca
Acreditar cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a Seguridad Social
No estar sancionada administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo
Comunicar solicitudes y obtención de subvenciones
Declarar responsablemente ayudas de minimis
Tener un plan de igualdad vigente (si es obligatorio)
No incurrir en deslocalización empresarial
Cumplir cuota legal de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad
Justificar las pérdidas económicas directamente relacionadas con los hechos subvencionables.
Cumplir con la documentación acreditativa de los hechos subvencionables antes del 14 de noviembre de 2026.
Gastos subvencionables
Facturas no susceptibles de ser cobradas con clientes o empresas de países afectados por la guerra
Costes directos de personal trabajando en países afectados y sin contingencia asegurada
Pedido en firme de material o producto que no se puede exportar a países afectados
Pérdida de inmovilizado según valor neto contable
Incremento del coste de materias primas relacionadas con la guerra
Incremento del coste de energía y transporte relacionados con la guerra
Pérdidas económicas directamente relacionadas con los hechos subvencionables.
Criterios de valoración
Relación directa entre las pérdidas y la guerra en Oriente Medio
Cumplimiento de requisitos establecidos por la Administración
Documentación a presentar
Memoria económica justificativa de pérdidas sufridas
Asiento contable de hechos subvencionables
Acuerdo o documento que acredite pérdida del pedido
Asiento contable de inmovilizado y gasto correspondiente por la pérdida
Acreditación de matriz de participación mayoritaria sobre filial
Facturas que acrediten aumento de coste de energía y transporte
Declaración responsable de la entidad solicitante
Condiciones económicas
El importe máximo varía según el número de trabajadores: 10.000 € para hasta 50 trabajadores y 20.000 € para más de 50 trabajadores.; La ayuda se distribuye según la plantilla laboral: hasta 50 personas socias trabajadoras (10.000 €) y más de 50 personas socias trabajadoras (20.000 €).
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pymes y personas físicas con actividades económicas afectadas por las consecuencias de la guerra en Oriente Medio
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 50% del coste subvencionable. El importe máximo varía según el número de trabajadores: 10.000 € para hasta 50 trabajadores y 20.000 € para más de 50 trabajadores.; La ayuda se distribuye según la plantilla laboral: hasta 50 personas socias trabajadoras (10.000 €) y más de 50 personas socias trabajadoras (20.000 €).. Presupuesto total: 1.500.000 €
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