Ayuda financiera para gestión y venta de vivienda pública en Sevilla
Qué financia
Financia la gestión, promoción, construcción y venta de vivienda pública en régimen de venta
A quién va dirigida
Municipios de Sevilla que quieran gestionar, construir o vender viviendas públicas
Requisitos
- Aprobación de la liquidación y presupuesto
- Cumplimiento de objetivos de estabilidad presupuestaria
- Plan Municipal de Vivienda y Suelo vigente
- Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida aprobado
- Titularidad de los solares calificados y urbanizados
- Viabilidad del proyecto desde el punto de vista económico financiero (solo línea 2)
- Adequación al planeamiento urbanístico (sólo línea 2)
- Certificado del Plan Municipal de Vivienda y Suelo
- Aprobación del Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida
- Disponibilidad de suelos urbanizados para la promoción de vivienda
- Memoria justificativa y presupuesto detallado (sólo línea 2)
- Certificado de viabilidad desde el punto de vista del planeamiento urbanístico (sólo línea 2)
- Compromiso de devolución del monto concedido en el periodo establecido
- Reconocimiento del carácter preferente de dichos pagos y derecho de ejecución preferente sobre cualquier otro recurso
- Declaración expresa de existencia de créditos adecuados para la ejecución del programa de trabajo vinculado a la inversión
- Autorización expresa a la Diputación de Sevilla para consultar obligaciones tributarias en AEAT y Seguridad Social, así como el estar al corriente de las obligaciones de reintegro
Gastos subvencionables
- Gastos técnicos y de planificación
- Gastos de licencias
- Gastos jurídicos y urbanísticos previos
- Costes de gestión, promoción, construcción y venta de viviendas
- Gastos necesarios y previos a la construcción de viviendas públicas protegidas
- Gastos de gestión, promoción, construcción y comercialización de viviendas públicas protegidas
- Gastos relacionados con los gastos de gestión
- Promoción
- Construcción
- Comercialización de viviendas públicas protegidas en régimen de venta
Documentación a presentar
- Certificado del Acuerdo de Pleno o órgano competente
- Certificado del Interventor/a o Secretario/a de la aprobación de la Liquidación y Presupuesto
- Certificado del volumen total del capital vivo
- Autorización del órgano de tutela financiera (si procede)
- Certificado sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria
- Certificado de que no se encuentra afectada por prohibiciones financieras
- Certificado de suministro de información en materia de endeudamiento
- Plan Municipal de Vivienda y Suelo vigente
- Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida aprobado
- Certificado de titularidad de suelos calificados y urbanizados
- Memoria justificativa y presupuesto detallado del proyecto (solo línea 2)
- Certificado de viabilidad desde el punto de vista económico financiero (solo línea 2)
- Certificado del Acuerdo de Pleno u órgano competente para acogerse a la convocatoria
- Certificado del Interventor/a o Secretario/a de la aprobación de la Liquidación del ejercicio 2025 con Ahorro Neto positivo
- Certificado del Interventor/a o Secretario/a de la aprobación definitiva del Presupuesto del ejercicio 2026
- Certificado del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria
- Certificado de que la entidad no se encuentra afectada por prohibiciones contenidas en las bases
- Certificado de cumplimiento con la obligación de suministro de información en materia de endeudamiento
- Certificado del Interventor/a o Secretario/a de la Liquidación del ejercicio 2025 con Ahorro Neto positivo
- Certificado del Interventor/a sobre el volumen total del capital vivo
- Autorización del órgano de tutela financiera, en su caso
- Certificado del Interventor/a sobre cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria
- Certificado del Secretario acreditando la disponibilidad de Plan Municipal de Vivienda y Suelo vigente
- Certificado del Secretario aprobando el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida
- Certificado del Secretario o órgano de gobierno competente sobre suelos urbanizados adscribiéndolos a la promoción de vivienda
- Memoria justificativa y presupuesto detallado del proyecto firmada por técnico competente
- Certificado del Secretario acreditando la viabilidad del proyecto desde el punto de vista de su adecuación al planeamiento urbanístico
Condiciones económicas
El importe máximo no puede superar el 200% del Anticipo Ordinario Neto Anual certificado por el OPAEF.; El presupuesto total para el ejercicio 2026 es de 20 millones de euros, con posibilidad de ampliación. La ayuda financiera se otorga en dos líneas: una para gastos previos a la construcción y otra para gestión, promoción, construcción y comercialización.; El volumen total del capital vivo no debe exceder el 75% de los ingresos corrientes liquidados o devengados. Se requiere autorización expresa para la cesión de créditos futuros y reconocimiento preferente de pagos.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.