● Abierta · hasta 09/10/202620.000.000 €

Ayuda financiera para gestión y venta de vivienda pública en Sevilla

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE SEVILLA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA
Denominación oficial (BDNS): Bases y convocatoria por las que se regula la ayuda financiera a los municipios de la provincia de sevilla para la gestión, promoción, construcción y venta de vivienda pública en régimen de venta.(afivi 2026)
Resumen: Es un programa que ofrece ayuda económica a los municipios de la provincia de Sevilla para gestionar, promover, construir y vender viviendas públicas. Está dirigido principalmente a entidades sin ánimo de lucro.

Qué financia

Financia la gestión, promoción, construcción y venta de vivienda pública en régimen de venta

A quién va dirigida

Municipios de Sevilla que quieran gestionar, construir o vender viviendas públicas

Requisitos

  • Aprobación de la liquidación y presupuesto
  • Cumplimiento de objetivos de estabilidad presupuestaria
  • Plan Municipal de Vivienda y Suelo vigente
  • Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida aprobado
  • Titularidad de los solares calificados y urbanizados
  • Viabilidad del proyecto desde el punto de vista económico financiero (solo línea 2)
  • Adequación al planeamiento urbanístico (sólo línea 2)
  • Certificado del Plan Municipal de Vivienda y Suelo
  • Aprobación del Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida
  • Disponibilidad de suelos urbanizados para la promoción de vivienda
  • Memoria justificativa y presupuesto detallado (sólo línea 2)
  • Certificado de viabilidad desde el punto de vista del planeamiento urbanístico (sólo línea 2)
  • Compromiso de devolución del monto concedido en el periodo establecido
  • Reconocimiento del carácter preferente de dichos pagos y derecho de ejecución preferente sobre cualquier otro recurso
  • Declaración expresa de existencia de créditos adecuados para la ejecución del programa de trabajo vinculado a la inversión
  • Autorización expresa a la Diputación de Sevilla para consultar obligaciones tributarias en AEAT y Seguridad Social, así como el estar al corriente de las obligaciones de reintegro

Gastos subvencionables

  • Gastos técnicos y de planificación
  • Gastos de licencias
  • Gastos jurídicos y urbanísticos previos
  • Costes de gestión, promoción, construcción y venta de viviendas
  • Gastos necesarios y previos a la construcción de viviendas públicas protegidas
  • Gastos de gestión, promoción, construcción y comercialización de viviendas públicas protegidas
  • Gastos relacionados con los gastos de gestión
  • Promoción
  • Construcción
  • Comercialización de viviendas públicas protegidas en régimen de venta

Documentación a presentar

  • Certificado del Acuerdo de Pleno o órgano competente
  • Certificado del Interventor/a o Secretario/a de la aprobación de la Liquidación y Presupuesto
  • Certificado del volumen total del capital vivo
  • Autorización del órgano de tutela financiera (si procede)
  • Certificado sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria
  • Certificado de que no se encuentra afectada por prohibiciones financieras
  • Certificado de suministro de información en materia de endeudamiento
  • Plan Municipal de Vivienda y Suelo vigente
  • Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida aprobado
  • Certificado de titularidad de suelos calificados y urbanizados
  • Memoria justificativa y presupuesto detallado del proyecto (solo línea 2)
  • Certificado de viabilidad desde el punto de vista económico financiero (solo línea 2)
  • Certificado del Acuerdo de Pleno u órgano competente para acogerse a la convocatoria
  • Certificado del Interventor/a o Secretario/a de la aprobación de la Liquidación del ejercicio 2025 con Ahorro Neto positivo
  • Certificado del Interventor/a o Secretario/a de la aprobación definitiva del Presupuesto del ejercicio 2026
  • Certificado del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria
  • Certificado de que la entidad no se encuentra afectada por prohibiciones contenidas en las bases
  • Certificado de cumplimiento con la obligación de suministro de información en materia de endeudamiento
  • Certificado del Interventor/a o Secretario/a de la Liquidación del ejercicio 2025 con Ahorro Neto positivo
  • Certificado del Interventor/a sobre el volumen total del capital vivo
  • Autorización del órgano de tutela financiera, en su caso
  • Certificado del Interventor/a sobre cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria
  • Certificado del Secretario acreditando la disponibilidad de Plan Municipal de Vivienda y Suelo vigente
  • Certificado del Secretario aprobando el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida
  • Certificado del Secretario o órgano de gobierno competente sobre suelos urbanizados adscribiéndolos a la promoción de vivienda
  • Memoria justificativa y presupuesto detallado del proyecto firmada por técnico competente
  • Certificado del Secretario acreditando la viabilidad del proyecto desde el punto de vista de su adecuación al planeamiento urbanístico

Condiciones económicas

El importe máximo no puede superar el 200% del Anticipo Ordinario Neto Anual certificado por el OPAEF.; El presupuesto total para el ejercicio 2026 es de 20 millones de euros, con posibilidad de ampliación. La ayuda financiera se otorga en dos líneas: una para gastos previos a la construcción y otra para gestión, promoción, construcción y comercialización.; El volumen total del capital vivo no debe exceder el 75% de los ingresos corrientes liquidados o devengados. Se requiere autorización expresa para la cesión de créditos futuros y reconocimiento preferente de pagos.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Municipios de Sevilla que quieran gestionar, construir o vender viviendas públicas
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 5.000.000 €. El importe máximo no puede superar el 200% del Anticipo Ordinario Neto Anual certificado por el OPAEF.; El presupuesto total para el ejercicio 2026 es de 20 millones de euros, con posibilidad de ampliación. La ayuda financiera se otorga en dos líneas: una para gastos previos a la construcción y otra para gestión, promoción, construcción y comercialización.; El volumen total del capital vivo no debe exceder el 75% de los ingresos corrientes liquidados o devengados. Se requiere autorización expresa para la cesión de créditos futuros y reconocimiento preferente de pagos.. Presupuesto total: 20.000.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: El día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en BOP . Fin: 09/10/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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