Ayuda para alquiler joven en Alicante
Qué financia
Financia el acceso a viviendas para jóvenes sin actividad económica
A quién va dirigida
Jóvenes adultos que buscan un lugar para vivir pero no tienen ingresos propios
Requisitos
- Ser persona física mayor de edad hasta 35 años cumplidos
- Tener residencia legal en España
- Titular del contrato de arrendamiento formalizado con una duración mínima de un año
- La vivienda debe ser la residencia habitual y permanente durante la anualidad 2026
- El alquiler no puede exceder los 1.000 € mensuales
- Acreditar el pago de la renta por parte del solicitante
- Presentación de recibos bancarios de alquiler correspondientes a los meses restantes
Gastos subvencionables
- Arrendamiento de vivienda habitual
- Alquiler mensual pagado en concepto de vivienda
Criterios de valoración
- Familia numerosa o monoparental (1 punto)
- Diversidad funcional/personas con discapacidad: igual al 33% → 1 punto, > 33% y < 65% → 2 puntos, igual o > 65% → 3 puntos
Documentación a presentar
- Solicitud con datos personales
- Copia del documento acreditativo de identidad (DNI/NIE/Pasaporte...)
- Relación de personas residentes en la vivienda
- Contrato de alquiler completo y firmado por todas las partes implicadas
- Declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas 2025 o certificado negativo de Hacienda
- Declaración responsable del cumplimiento de obligaciones tributarias ante AEAT, administración autonómica, Seguridad Social y al Ayuntamiento de Alicante
- Declaración responsable de no estar incurso en limitaciones establecidas
- Recibos bancarios o justificantes bancarios de las mensualidades de alquiler abonadas con posterioridad al 1 de enero de 2026
- Recibos bancarios de las mensualidades de alquiler correspondientes a los meses restantes
- Declaración responsable en el modelo normalizado, certificando que los recibos no han sido presentados o no se presentarán para justificar otras subvenciones
Condiciones económicas
La subvención se otorga en función de la baremación obtenida, con un máximo mensual de 400 euros y un límite anual por beneficiario.; El pago se efectúa en dos partes: una inicial al momento de la concesión basada en los recibos mensuales pagados desde el inicio del año hasta la presentación de la solicitud, y el resto cuando se presenten los recibos correspondientes a los meses restantes. El plazo para presentar estos recibos es hasta el 4 de diciembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.