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Ayuda para el funcionamiento de centros en Cantabria

AUTONOMICA · CANTABRIA · CONSEJERÍA PRESIDENCIA, JUSTICIA, SEGURIDAD Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Denominación oficial (BDNS): Actividades y funcionamiento de centros de otras ccaa. hogar navarro en cantabria
Resumen: Es una ayuda financiada por la Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa de Cantabria que apoya a entidades no económicas en su operación.

Qué financia

Financia el funcionamiento de centros en Cantabria

A quién va dirigida

A personas jurídicas que no realizan actividades económicas y desean financiar sus gastos operativos.

Requisitos

  • Reunir los requisitos para obtener la condición de beneficiaria
  • Acreditar no estar incursa en las prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de Subvenciones de Cantabria
  • Cumplimiento de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social y respecto a la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria
  • Justificar el proyecto subvencionado
  • Detallar las actividades realizadas y los resultados obtenidos
  • Acreditar las obligaciones de publicidad del carácter público de la financiación

Gastos subvencionables

  • Gastos directos de preparación, desarrollo y ejecución de actividades subvencionadas
  • Gastos de arrendamiento del inmueble sede
  • Gastos corrientes indirectos (IBI, luz, agua, teléfono, etc.) con límite máximo del 15% del total de la subvención

Criterios de valoración

  • Aplicar los fondos recibidos en las actuaciones a las que va específicamente destinada
  • Realizar las actividades fundamentadas por la subvención, en forma y plazos establecidos
  • Dar la adecuada publicidad al carácter público de la financiación

Documentación a presentar

  • Cuenta justificativa simplificada firmada por el presidente/a con certificado electrónico
  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
  • Relación clasificada de los gastos de actividades y funcionamiento
  • Declaración responsable sobre otros ayudas, ingresos, subvenciones o recursos solicitadas o percibidas
  • Facturas cumpliendo con el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación
  • Documentos justificativos para acreditar la publicidad del carácter público de la financiación

Condiciones económicas

Pago anticipado del 100% de la cuantía de la subvención; gastos corrientes indirectos con límite máximo del 15% del total de la subvención.; Las facturas deben cumplir con el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación (Real Decreto 1619/2012). No podrán pagarse en efectivo operaciones superiores a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
A personas jurídicas que no realizan actividades económicas y desean financiar sus gastos operativos.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 2.900 €. Pago anticipado del 100% de la cuantía de la subvención; gastos corrientes indirectos con límite máximo del 15% del total de la subvención.; Las facturas deben cumplir con el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación (Real Decreto 1619/2012). No podrán pagarse en efectivo operaciones superiores a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.. Presupuesto total: 2.900 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: SIN PLAZO DE SOLICITUD. Fin: SIN PLAZO DE SOLICITUD.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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