Ayuda para la integración de personas con problemas derivados de adicciones
Qué financia
Financia programas y acciones para la integración social y sanitaria de personas con problemas derivados de adicciones.
A quién va dirigida
Personas afectadas por adicciones, ya sean relacionadas o no con sustancias, que no desarrollan actividad económica.
Requisitos
- Identificar al personal adscrito al programa indicando su categoría profesional y porcentaje de dedicación al convenio.
- Comunicar cualquier modificación que surja en la ejecución de los programas y en el personal asignado.
- Aportar cuanta documentación le sea requerida.
- Justificar la subvención con la cuenta justificativa ordinaria dentro de tres meses desde la finalización del programa o actividad subvencionada
- No realizar el abono de la subvención si hay pendientes de justificación otras subvenciones concedidas por este Ayuntamiento
- Cumplir con las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
- Cumplir la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad efectiva entre Hombres y Mujeres
- Ajustar su actividad a los principios establecidos en el artículo 3 del Decreto Legislativo 1/2023
- Cumplir con las obligaciones de transparencia y publicidad activa
- Conocer y cumplir con las Disposiciones relativas al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo sobre la protección de datos personales
Gastos subvencionables
- Desarrollo del proceso de cambio conductual, emocional y cognitivo necesario para lograr la extinción del trastorno adictivo
- Fomentar su autonomía personal, la responsabilidad en la construcción y desarrollo de un propio proyecto de vida y la integración social.
- Gastos referidos a mantenimiento, luz, teléfono, gas, agua, alquiler, limpieza, asesoría
- Costes indirectos o gastos generales hasta un 6% del importe subvencionado
Criterios de valoración
- Cumplimiento de leyes específicas
- Transparencia en publicidad y financiación
- Protección de datos personales
Documentación a presentar
- Identificación del personal adscrito al programa.
- Justificante de gastos en formato PDF según las directrices de la web del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.
- Cuenta justificativa ordinaria en formato pdf
- Libros contables, registros diligenciados y demás documentos legales requeridos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a la persona beneficiaria
Condiciones económicas
El 80% se abona al firmar el convenio, y el 20% restante después de la justificación en los términos establecidos. Se permite subcontratación con aprobación previa.; Los costes indirectos o gastos generales hasta un 6% del importe subvencionado son admisibles. Los gastos superiores a las cuantías establecidas en la legislación de contratos para el contrato menor deben solicitar al menos tres ofertas.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.