● Abierta100% del coste32.000 €

Ayuda para participar en FERIA ASIA FRUIT LOGISTICA 2026

AUTONOMICA · REGIÓN DE MURCIA · INSTITUTO DE FOMENTO DE LA REGIÓN DE MURCIA (INFO)
Denominación oficial (BDNS): Resolución de 3/07/2026 del Presidente del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, de convocatoria de ayudas a la participación en ferias, eventos expositivos y promocionales y misiones comerciales. FERIA ASIA FRUIT LOGISTICA 2026.
Resumen: Es una convocatoria de ayudas públicas para pymes y particulares que quieran participar en la feria. Se dirige a empresas del sector agrícola, alimentario y otros.

Qué financia

Financia el viaje y gastos asociados a la participación en FERIA ASIA FRUIT LOGISTICA 2026

A quién va dirigida

Empresas pymes y particulares que desarrollan actividades económicas relacionadas con el comercio al por mayor de materias primas agrarias, productos alimenticios, vehículos motorizados, entre otros.

Requisitos

  • Ser PYME ubicada en la Comunidad Autónoma de Murcia, salvo producción primaria de productos pesqueros y acuicolas.
  • No estar relacionadas con actividades excluidas o no subvencionables.
  • Cumplir obligaciones legales y reglamentarias establecidas.
  • Informar mediante una declaración responsable de otras ayudas con carácter de minimis obtenidas durante los tres años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud
  • Presentar certificado de residencia fiscal si no se encuentra en territorio español
  • Acreditar representación del firmante de la solicitud
  • Cumplir con las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • La solicitud debe reunir los requisitos establecidos en las bases reguladoras y la convocatoria
  • El solicitante debe presentar un documento que demuestre ser preciso para el examen y valoración del proyecto o actividad a subvencionar

Gastos subvencionables

  • Participación en ferias, eventos expositivos y promocionales.
  • Misiones comerciales para apertura de nuevos mercados o lanzamiento de nuevos productos.
  • Los gastos realizados y pagados en el periodo indicado en la correspondiente convocatoria
  • Gastos elegibles deben haber sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial o en los establecidos por la Ley 3/2004

Criterios de valoración

  • La subvención no podrá acumularse con ninguna otra correspondiente a los mismos gastos subvencionables si dicha acumulación da lugar a una intensidad o importe de ayuda superior a la establecida
  • El importe total de ayudas de minimis concedidas a un beneficiario no podrá superar 300.000 euros brutos en tres años, y 20.000 euros para empresas agrícolas en dos ejercicios fiscales anteriores y el actual
  • La concurrencia en el solicitante de los requisitos establecidos para ser beneficiario
  • Evaluación por una Comisión de Evaluación de Proyectos que regirá su funcionamiento según lo dispuesto en la Ley 40/2015

Documentación a presentar

  • Certificado de residencia fiscal (si no se encuentra en territorio español)
  • Modelo A o B del Anexo II si estuviera participada o tuviera participaciones de otra sociedad
  • Escritura con los estatutos sociales vigentes o DNI del solicitante
  • Acreditación de la representación del firmante de la solicitud
  • Balance de situación y cuenta de resultados (si es una empresa constituida en el ejercicio de la convocatoria)
  • Certificados acreditativos de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • Certificado de situación censal o censo de actividades económicas
  • Última declaración anual del Impuesto de Sociedades
  • Justificante o resguardo bancario del pago de la cuota de participación
  • Certificado emitido por la Tesorería de la Seguridad Social
  • Cuenta justificativa al Departamento de Tramitación del Instituto de Fomento de la Región de Murcia
  • Facturas o facturas electrónicas, siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario

Condiciones económicas

Cofinanciación con el FEDER; según disponibilidad presupuestaria; El importe de la subvención no podrá superar los 30.000 euros por beneficiario y convocatoria, con una intensidad máxima del 100%. La ayuda puede acumularse con otras de minimis hasta un límite total de 300.000 euros en tres años o 20.000 euros para empresas agrícolas en dos ejercicios fiscales anteriores y el actual.; El plazo máximo para resolver y notificar la resolución no podrá exceder de seis meses. El pago puede ser compensado entre el prestador del servicio y el beneficiario si coinciden.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Empresas pymes y particulares que desarrollan actividades económicas relacionadas con el comercio al por mayor de materias primas agrarias, productos alimenticios, vehículos motorizados, entre otros.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 100% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 30.000 €. Cofinanciación con el FEDER; según disponibilidad presupuestaria; El importe de la subvención no podrá superar los 30.000 euros por beneficiario y convocatoria, con una intensidad máxima del 100%. La ayuda puede acumularse con otras de minimis hasta un límite total de 300.000 euros en tres años o 20.000 euros para empresas agrícolas en dos ejercicios fiscales anteriores y el actual.; El plazo máximo para resolver y notificar la resolución no podrá exceder de seis meses. El pago puede ser compensado entre el prestador del servicio y el beneficiario si coinciden.. Presupuesto total: 32.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Desde el día siguiente a la publicación en el BORM.. Fin: Hasta 5 días hábiles..

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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