● Abierta · hasta 31/12/202681.752 €

Ayuda para Silvicultura y Explotación Forestal en Asturias

AUTONOMICA · PRINCIPADO DE ASTURIAS · CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, COOPERACIÓN LOCAL Y GESTIÓN DE EMERGENCIAS
Denominación oficial (BDNS): Ayudas nominativa interfaz 2026 ayuntamiento de santa eulalia de oscos
Resumen: Es una ayuda económica del ayuntamiento de Santa Eulalia de Oscos destinada a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen actividades forestales.

Qué financia

Financia proyectos relacionados con la silvicultura y explotación forestal en Asturias.

A quién va dirigida

Entidades sin ánimo de lucro que trabajan en silvicultura o explotación forestal en el Principado de Asturia.

Requisitos

  • Cumplir las condiciones establecidas en la presente Resolución
  • Ejecutar las actuaciones observando las licencias, autorizaciones y demás requisitos sectoriales preceptivos
  • Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones
  • Someterse a las actuaciones de comprobación por parte del órgano concedente
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas o ingresos que financien las actividades subvencionadas
  • Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión de la subvención
  • Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas

Gastos subvencionables

  • Desbroces mecánicos o manuales periódicos en zonas de matorral
  • Creación y mantenimiento de áreas de pastoreo
  • Eliminación y/o triturado de restos vegetales
  • Reducción de la densidad de pies arbóreos (coníferas y eucaliptos)
  • Labores selvícolas complementarias como podas, eliminación de arbolado enfermo o muerto
  • Reposición y mantenimiento de hidrantes
  • Habilitación de puntos de agua para motobomba
  • Dotación de materiales fungibles de primera intervención
  • Implantación de cartelería o señalización
  • Gestión de restos vegetales y residuos
  • Acciones de sensibilización e información de la población
  • Desbroces mecánicos o manuales periódicos
  • Eliminación y/o triturado de restos tanto vegetales como de otra índole
  • Reducción de la densidad de pies arbóreos (coníferas)
  • Reducción de la densidad de eucaliptos
  • Labores selvícolas complementarias a las anteriores
  • Habilitación de puntos de agua para motobomba dentro de núcleos rurales
  • Dotación de materiales fungibles de primera intervención (batefuegos, extintores, etc.)
  • trabajos encaminados al mantenimiento en las acondiciones adecuadas de los terrenos

Documentación a presentar

  • Cuenta justificativa de la subvención conforme al modelo normalizado recogido en el trámite AYUD0561T01
  • Memoria descriptiva de las actuaciones realizadas, incluyendo declaración de las actuaciones financiadas, datos sobre el tipo de actuación y fotografías geolocalizadas
  • Memoria descriptiva de las actuaciones realizadas que incluirá declaración de las actuaciones financiadas, datos sobre el tipo de actuación y fecha de ejecución, y fotografías geolocalizadas de cada actuación

Condiciones económicas

El gasto debe ser efectivamente pagado y no puede superar el valor de mercado. Se considera gasto subvencionable el IVA, hasta un 10% del importe para costes generales.; El coste de adquisición de los gastos subvencionables no podrá ser superior al valor de mercado. Se considera gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación.; Posibilidad de abono anticipado de la totalidad del importe de la ayuda; según disponibilidad presupuestaria.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidades sin ánimo de lucro que trabajan en silvicultura o explotación forestal en el Principado de Asturia.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 81.752 €. El gasto debe ser efectivamente pagado y no puede superar el valor de mercado. Se considera gasto subvencionable el IVA, hasta un 10% del importe para costes generales.; El coste de adquisición de los gastos subvencionables no podrá ser superior al valor de mercado. Se considera gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación.; Posibilidad de abono anticipado de la totalidad del importe de la ayuda; según disponibilidad presupuestaria.. Presupuesto total: 81.752 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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