Ayudas a la contratación de Talento Joven en Málaga
Qué financia
Financia la contratación de jóvenes talentos por parte de empresas y personas físicas.
A quién va dirigida
Empresas pequeñas y medianas, así como individuos que desarrollan actividades económicas en Málaga.
Requisitos
- Ser empresa conforme a la normativa de ayudas compatibles con el mercado interior
- No estar incurso en prohibiciones previstas en la Ley 38/2003 o normativas aplicables
- Estar al corriente en cumplimiento de obligaciones tributarias y Seguridad Social
- El centro de trabajo debe estar ubicado en la demarcación de la Cámara de Comercio de Málaga
- Formalizar un contrato con jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil
- Ser Cámaras de Comercio, Consejos Regionales de Cámaras de Comercio o asociaciones/fundaciones/sociedades civiles que participen en ellas
- No estar excluidos por relaciones laborales especiales, contrataciones con parientes cercanos, empresas extinguidas recientemente, infracciones a programas de empleo, etc.
- La persona contratada no haber trabajado el día anterior al contrato
- Cumplir con requisitos tributarios y de Seguridad Social
- Alta en la Seguridad Social como empleador
- Contrato de trabajo debidamente formalizado
- Informe de vida laboral actualizado emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social
- Autorización para que la Cámara y la Cámara de Comercio obtengan información tributaria y de obligaciones sociales
Gastos subvencionables
- Contratación de un joven menor de 30 años inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil
- Contratación de un joven beneficiario de Garantía Juvenil
Criterios de valoración
- Mantener el nivel de empleo existente en la empresa durante seis meses desde la entrada en vigor del contrato
- Informar a representación legal si existe en la empresa beneficiaria
- Cumplir con los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación
Documentación a presentar
- Documento de identificación fiscal del solicitante (NIE o NIF)
- Tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa
- Escritura pública de constitución o acta fundacional
- Declaración responsable relativa al compromiso de ejecución asumido por cada uno de los miembros de comunidades de bienes/sociedades civiles
- Anexo II. Declaración responsable sobre los requisitos exigidos para obtener la condición de beneficiario y de otras subvenciones o ayudas públicas acogidas al régimen de minimis
- Informe: Plantilla Media de Trabajadores en Situación de Alta
- Alta en la Seguridad Social como empleador
- Anexo III. Información de la persona contratada (DNI, contrato de trabajo, informe de vida laboral)
- Anexo IV. Declaración Responsable del Trabajador/a
- DNI de la persona contratada
- Contrato de trabajo debidamente formalizado
- Informe de vida laboral actualizado
- Declaración Responsable del Trabajador/a
- Modelo de solicitud de alta, baja y variación de datos de cuenta de cotización (TA.7)
Condiciones económicas
La cofinanciación es del 69,64% por parte del Fondo Social Europeo Plus y el 30,36% restante por parte nacional.; Ayuda regulada al régimen de minimis, con límite máximo de 300.000 € en tres años; no se permite la contratación encaminada a conseguir subvención sin creación real y efectiva de empleo.; La subvención se otorgará mientras exista crédito presupuestario disponible. El plazo de ejecución es seis meses, con posibilidad de sustitución del trabajador una vez por contrato.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.