Ayudas a la contratación Talento 45+ en Palamós
Qué financia
Financia las necesidades económicas asociadas con la contratación de personal mayor de 45 años
A quién va dirigida
Pymes y personas físicas que desarrollan actividades económicas en Palamós
Requisitos
- Ser empresa conforme a lo dispuesto en el artículo 1 del Anexo I del Reglamento (UE) Nº 651/2014
- No encontrarse incurso en prohibiciones previstas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
- El centro de trabajo debe estar ubicado en la demarcación de la Cámara de Comercio de Palamós o acuerdo entre Cámaras afectadas
- No ser apoderados, miembros de órganos de administración o cargos de dirección de entidades con personalidad jurídica
- No haber extinguido contratos de trabajo por despido disciplinario reconocido o declarado como improcedente en los últimos 6 meses
- No estar excluida del acceso a beneficios derivados de programas de empleo por infracciones
- La persona contratada no puede haber estado vinculada a la empresa o grupo de empresas en los últimos seis meses
- Las contrataciones deben realizarse fuera de ofertas públicas y programas de empleo público
- No se podrá conceder ayuda si otra empresa ya ha resultado beneficiaria por la contratación de la misma persona
- La persona contratada debe tener entre 45 y 60 años
- Autorización para que la Cámara y la Cámara de Comercio obtengan información automática sobre el cumplimiento de obligaciones tributarias y de Seguridad Social
- Cumplimiento de las obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social
- No estar incurso en circunstancias que impidan obtener subvenciones según la Ley 38/2003
Gastos subvencionables
- Contratación de una persona desempleada de edad comprendida entre los 45 y los 60 años, ambos inclusive
- Contratación de trabajadores para personas mayores de 45 años
Criterios de valoración
- Orden cronológico de entrada de las solicitudes en la Sede electrónica
Documentación a presentar
- Documento de identificación fiscal del solicitante
- Informe: Plantilla Media de Trabajadores en Situación de Alta
- Alta en la Seguridad Social como empleador
- Anexo III. Información de la persona contratada
- Anexo IV. Declaración Responsable del Trabajador/a
- Documentación que acredite el poder de representación
- Certificado acreditativo de estar al corriente de obligaciones tributarias
- Certificado acreditativo de estar al corriente con Seguridad Social
- Certificado de Situación Censal
Condiciones económicas
La ayuda se mantiene constante desde la anualidad 2023 y no supera el importe de seis mensualidades del SMI para 2021.; La ayuda total de minimis no podrá superar 300.000,00€ en un período de tres años para una única empresa determinada.; La subvención está limitada a las disponibilidades presupuestarias. Se requiere autorización para acceder a datos tributarios y de seguridad social del solicitante.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.