Ayudas económicas para actividades culturales en Eivissa
Qué financia
Financia proyectos relacionados con la creación artística, artes escénicas, edición de publicaciones y promoción cultural en Eivissa.
A quién va dirigida
Pymes y particulares que realizan actividades culturales en Eivissa.
Requisitos
- Tener capacidad jurídica y estar legalmente constituida (en el caso de personas jurídicas)
- Estar al corriente en obligaciones tributarias, seguridad social y con la Administración
- Cumplir los requisitos específicos de cada modalidad
- Ser persona jurídica, entidad sin personalidad jurídica, entidad local o su organismo autónomo, patronato o ente dependiente
- Representar un interesado obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración
- Ser persona física (autores, artistas, compositores, directores o productores culturales) o entidad privada con actividad cultural
- Presentar la documentación requerida
Gastos subvencionables
- Gastos subvencionables se detallan en las bases específicas de cada modalidad
- Los gastos deben estar justificados por factura o documento probatorio equivalente y no superar el valor de mercado
- El pago debe efectuarse antes del plazo de presentación de solicitudes
- Producción de publicaciones impresas y digitales: maquetación, diseño, corrección, ilustraciones, impresión, encuadernación, manipulación, almacenamiento y distribución.
- Producciones audiovisuales con finalidad de difusión cultural: grabación, producción y postproducción.
- Derechos de autor directamente relacionados con la obra o producción cultural.
- Nóminas de personal dedicadas exclusivamente a la publicación subvencionada (con declaración responsable).
- 30% del gasto mensual del coste efectivamente soportado y justificado en mantenimiento y funcionamiento ordinario de la entidad solicitante.
Criterios de valoración
- Criterios específicos se detallan en las bases correspondientes a cada modalidad
- La concesión de ayudas sigue un régimen de concurrencia competitiva
- Concurrencia competitiva basada en criterios de valoración específicos para cada modalidad
- Puntuaciones mínimas requeridas (20 puntos)
- Distribución proporcional del crédito disponible según puntuaciones obtenidas
- La memoria descriptiva y detallada del proyecto.
- El ejemplar de la publicación objeto de subvención.
- Los gastos realizados, incluyendo facturas oficiales y documentos probatorios.
Documentación a presentar
- Declaración responsable (Anexo 2)
- Liquidación de ingresos y gastos (Anexo 4)
- Documentación específica según la modalidad solicitada
- Certificaciones acreditativas del cumplimiento de obligaciones tributarias, seguridad social y con la Administración
- Documentos acreditativos de personalidad física o jurídica si no están disponibles en el Consejo
- Anexo 3 debidamente rellenado indicando el expediente donde se presentó la documentación
- Justificantes de los gastos pagados (facturas, recibos bancarios, etc.)
- DNI, pasaporte o tarjeta de identidad de extranjero (TIE) para personas físicas
- NIF de la persona jurídica, DNI, pasaporte o TIE del representante legal y documento constitutivo
- Estatutos sociales inscritos debidamente en el registro
- Documento acreditativo de la representación legal con la cual actúa la persona física que firma la solicitud
- Un documento en que conste la junta directiva actual si es diferente de la constituida en los estatutos
- Declaración responsable acreditando que los datos y documentos aportados son verídicos
- Acreditación de exención de IVA (si corresponde)
- Memoria descriptiva y detallada del proyecto
- Ejemplar de la publicación objeto de subvención
- Solicitud de alta o modificación como acreedor del Consejo a efectos económicos
- Cuenta justificativa simplificada con liquidación detallada de ingresos y gastos, relación clasificada de gastos derivados y documentación justificativa de los gastos realizados.
Condiciones económicas
El presupuesto total es de 310.000 €, distribuido entre diferentes modalidades. Se permite la redistribución del crédito sobrante entre modalidades según bloques específicos.; Las ayudas no podrán superar el 75% del coste total de la actividad, con máximos de 10.000 € para modalidad A, 15.000 € para B y C, y 25.000 € para D.; El importe no puede superar el coste total imputado correctamente justificado al Consejo Insular de Ibiza y otras ayudas o ingresos.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.