● Abierta · hasta 31/12/202610.849 €

Ayudas económicas para ciudadanos de Alcúscar

LOCAL · ALCUÉSCAR · AYUNTAMIENTO DE ALCUÉSCAR
Denominación oficial (BDNS): Convocatorias de ayudas económicas para garantizar a los/as ciudadanos/as de alcuéscar el derecho de acceso de suminsitro de mínimos vitales para el año 2.026.
Resumen: Esta convocatoria ofrece ayudas económicas a los residentes de Alcúscar que no desarrollan actividad económica, garantizando su acceso a suministros básicos.

Qué financia

Financiar el derecho de acceso a suministros mínimos vitales para ciudadanos de Alcúscar

A quién va dirigida

Ciudadanos residentes en Alcúscar que no tienen actividad económica propia

Requisitos

  • Ser mayores de edad o huérfanos absolutos, o estén empadronados y residan legalmente en Alcuéscar con una antigüedad mínima de seis meses.
  • Carecer de rentas o ingresos suficientes (límites basados en el IPREM).
  • En caso de discapacidad o dependencia, se incrementa el límite de ingresos.
  • Solicitar asilo en trámite, estar autorizada su estancia por razones humanitarias, o tener reconocida protección temporal conforme a la Orden PCM 169/2022.
  • Carecer de rentas o ingresos suficientes según los límites establecidos basados en el IPREM y ajustados por discapacidad o dependencia.
  • No residir en centros que atienden necesidades básicas de subsistencia, estar conectado/a fraudulentamente a la red, no haber reintegrado cuantías indebidamente abonadas de ayudas anteriores.
  • Reunir los requisitos establecidos en la convocatoria
  • Aportar la documentación exigida
  • Cumplimentar el modelo oficial de solicitud
  • Presentar la solicitud física en el Registro General del Ayuntamiento o según lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015

Gastos subvencionables

  • Gastos de energía eléctrica y gas natural/propano.
  • Gastos de agua potable.
  • Gastos de alta y reconexión en caso de interrupción por impago del suministro.
  • Gas butano (máximo 4 bombonas por solicitud).
  • Gastos mínimos vitales
  • Suministros mínimos vitales (luz, agua, gas)

Documentación a presentar

  • Original DNI del solicitante/pasaporte.
  • Certificado de convivencia / empadronamiento colectivo.
  • Copia/s compulsada/s del/os libro/s de familia, certificación del Registro Civil o documentos equivalentes acreditativo del parentesco.
  • Informe de vida laboral y nóminas de los miembros mayores de 18 años.
  • Declaración sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas o certificado de imputaciones en caso de no tener obligación de realizarla.
  • Justificante de gastos de hipoteca o alquiler (contrato y último recibo de pago, recibo bancario).
  • Certificado o resolución del grado de discapacidad y dependencia de miembros de la unidad de convivencia.
  • Original DNI del solicitante/pasaporte
  • Certificado de convivencia / empadronamiento colectivo
  • Copia/s compulsada/s del/os libro/s de familia o certificación del Registro Civil
  • Informe de vida laboral de todos los miembros mayores de 18 años
  • Nóminas de los 3 meses anteriores si corresponde
  • Declaración sobre el Impuesto de la Renta o certificado de imputaciones en caso de no tener obligación de realizarla
  • Justificante de gastos de hipoteca o alquiler
  • Certificado o resolución del grado de discapacidad y dependencia
  • Certificado de prestaciones de la Seguridad Social
  • Autorización para obtener certificados sobre cumplimiento tributario y seguridad social
  • Fotocopia compulsada de la escritura del préstamo hipotecario si corresponde
  • Copia compulsada de resolución de reconocimiento de discapacidad o dependencia si corresponde
  • Original de recibos de luz, agua, gas que se quieran solicitar
  • Justificantes Bancarios del Abono de dichos recibos

Condiciones económicas

El importe se ajusta a la necesidad del beneficiario/a, teniendo en cuenta las facturas presentadas y no excederá los límites establecidos por número de miembros (hasta 1.200 € para 5 o más miembros).; El importe máximo varía según la cantidad de miembros en la unidad familiar, con aumentos para discapacidades superiores al 65% y situaciones de dependencia. Se deduce el pago hipotecario o alquiler hasta un máximo del 50% del IPREM mensual.; El importe máximo que puede recibir un beneficiario se determina por la Junta de Gobierno Local, teniendo en cuenta el número total de solicitantes, unidades familiares a atender y variación de circunstancias sociofamiliares. La ayuda se concederá en función de los créditos disponibles.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Ciudadanos residentes en Alcúscar que no tienen actividad económica propia
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 10.849,28 euros. El importe se ajusta a la necesidad del beneficiario/a, teniendo en cuenta las facturas presentadas y no excederá los límites establecidos por número de miembros (hasta 1.200 € para 5 o más miembros).; El importe máximo varía según la cantidad de miembros en la unidad familiar, con aumentos para discapacidades superiores al 65% y situaciones de dependencia. Se deduce el pago hipotecario o alquiler hasta un máximo del 50% del IPREM mensual.; El importe máximo que puede recibir un beneficiario se determina por la Junta de Gobierno Local, teniendo en cuenta el número total de solicitantes, unidades familiares a atender y variación de circunstancias sociofamiliares. La ayuda se concederá en función de los créditos disponibles.. Presupuesto total: 10.849 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Desde el día siguiente a la publicación del extracto. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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