Ayudas económicas para el fomento del empleo en Alcoy
Qué financia
Financia la contratación de nuevos trabajadores o el fomento del empleo en empresas locales.
A quién va dirigida
Pymes y personas físicas con actividades económicas en Alcoy que busquen expandirse creando puestos de trabajo.
Requisitos
- Ser empresa conforme a la definición en el artículo 1 del Anexo I del Reglamento (UE) Nº 651/2014
- No encontrarse incurso en prohibiciones previstas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
- El centro de trabajo debe estar ubicado en la demarcación de la Cámara de Comercio de Alcoy
- La empresa ha formalizado un contrato con una persona desempleada entre 45 y 60 años que haya finalizado la fase de orientación del Programa Talento 45+
- No haber extinguido contratos de trabajo por despido disciplinario, colectivo o causa objetiva en los últimos 6 meses
- No estar excluida del acceso a beneficios derivados de programas de empleo por infracciones
- La persona contratada no tener menos de 45 ni más de 60 años
- Autorización para que la Cámara y la Cámara de Comercio obtengan información automática sobre el cumplimiento tributario y la antigüedad en actividades económicas.
- Cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social.
Gastos subvencionables
- Contratación de personas mayores de 45 años que hayan participado en el Programa Talento 45+
Criterios de valoración
- Mantenimiento del nivel de empleo existente en la empresa beneficiaria
- Cumplimiento de obligaciones laborales y de Seguridad Social
- Disponibilidad de registros contables independientes o código de contabilidad apropiado
- Orden cronológico de entrada de las solicitudes en la Sede electrónica.
Documentación a presentar
- Documento de identificación fiscal del solicitante
- Informe: Plantilla Media de Trabajadores en Situación de Alta
- Alta en la Seguridad Social como empleador
- Anexo III. Información de la persona contratada
- Anexo IV. Declaración Responsable del Trabajador/a
- Documentación que acredite el poder de representación.
- Certificado acreditativo de estar al corriente de obligaciones tributarias.
- Certificado acreditativo de estar al corriente con Seguridad Social.
- Certificado de Situación Censal.
Condiciones económicas
La ayuda se mantiene para la anualidad 2026 y está cofinanciada por el Fondo Social Europeo Plus al 69,64%.; Ayudas reguladas al régimen de minimis con límite máximo de 300.000 € en un periodo de tres años.; La subvención se otorga en régimen de concurrencia no competitiva, respetando los principios de publicidad, transparencia y objetividad. Está limitada a las disponibilidades presupuestarias.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.