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Ayudas para fomentar el asociacionismo y participación femenina en Galicia

AUTONOMICA · GALICIA · CONSELLERÍA DE POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD
Denominación oficial (BDNS): ORDEN de 11 de mayo de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a fomentar el asociacionismo y la participación de las mujeres, y se convocan para el año 2026 (código de procedimiento SI437A)
Resumen: Esta orden establece ayudas destinadas a promover el asociacionismo y la participación de las mujeres en Galicia. Se dirige a entidades sin ánimo de lucro que no desarrollan actividad económica.

Qué financia

Financia iniciativas para fomentar el asociacionismo y la participación de las mujeres

A quién va dirigida

Organizaciones sin ánimo de lucro dedicadas a servicios sociales en Galicia

Requisitos

  • Tener domicilio social en Galicia
  • Estar inscrita en el Área de Igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS)
  • Presentar memoria de actividades relativa a promoción de la igualdad y prevención de violencia contra las mujeres
  • Las mujeres socias deben representar al menos el 90% de la totalidad de personas asociadas
  • No encontrarse en circunstancias prohibidas por la Ley 9/2007
  • Ser una asociación sin ánimo de lucro
  • Desarrollar actividades en el ámbito del tejido asociativo de mujeres
  • Presentar la solicitud dentro del plazo establecido
  • Incluir los documentos requeridos
  • Incorporación de socias menores de 40 años
  • Incorporación de mujeres con discapacidad
  • Asociaciones de nueva o reciente creación
  • Descripción detallada y coherente de la actuación
  • Duración, continuidad y número de actuaciones

Gastos subvencionables

  • Gastos corrientes de mantenimiento y funcionamiento (línea 1)
  • Información, acompañamiento y atención a víctimas de violencia de género
  • Formación sobre diferentes formas de violencia contra la mujer
  • Campañas de sensibilización contra la violencia contra las mujeres en el ámbito rural
  • Gastos del personal contratado
  • Materiales y publicaciones específicas
  • Publicidad y difusión
  • Otros gastos corrientes fundamentales para el desarrollo de la actividad
  • Gastos realizados y pagados en el período especificado

Criterios de valoración

  • Puntuación obtenida según los criterios y pautas de valoración establecidos en el artículo 14
  • Número de mujeres asociadas o entidades en federación
  • Aportación de fondos propios
  • Compromiso de coordinación territorial
  • Participación en procesos de renovación de vocalías
  • Alcance de la justificación de la ayuda
  • Presencia de página web propia y actualizada
  • Ayuntamiento donde está situado el domicilio social o se desarrollan las actividades
  • Porcentaje de participación femenina (80-95%)
  • Página web propia y actualizada
  • Ayuntamiento donde está situada la entidad
  • Incorporación de socias menores de 40 años
  • Incorporación de mujeres con discapacidad
  • Asociaciones de nueva o reciente creación
  • Descripción detallada y coherente de la actuación
  • Duración, continuidad y número de actuaciones

Documentación a presentar

  • Certificación expedida por la Secretaría de la entidad sobre datos de estatutos, composición, representación y acuerdo de solicitud
  • Memoria explicativa
  • Compromiso de coordinación (si aplica)
  • Solicitud de pago y declaración de ayudas
  • Certificación del gasto realizado y pagado
  • Nóminas y recibos de liquidación de cotización a la Seguridad Social
  • Facturas o documentos de valor probatorio equivalente
  • Presupuestos solicitados si es necesario
  • Hoja de indicadores (para línea 2)
  • Memoria de ejecución firmada electrónicamente

Condiciones económicas

El importe máximo puede ser ampliado según disponibilidades presupuestarias.; El plazo para solicitar la subvención es un mes desde la publicación en el Diario Oficial de Galicia. Las solicitudes se presentan por medios electrónicos y deben incluir ciertos documentos como certificación, memoria explicativa y compromiso de coordinación si aplica.; La cuantía de la ayuda se determina según la puntuación obtenida, con un máximo del 100% del presupuesto elegible. Hay una disponibilidad presupuestaria total.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones sin ánimo de lucro dedicadas a servicios sociales en Galicia
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 100% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 5.000 € (línea 1) / 6.000 € (línea 2). El importe máximo puede ser ampliado según disponibilidades presupuestarias.; El plazo para solicitar la subvención es un mes desde la publicación en el Diario Oficial de Galicia. Las solicitudes se presentan por medios electrónicos y deben incluir ciertos documentos como certificación, memoria explicativa y compromiso de coordinación si aplica.; La cuantía de la ayuda se determina según la puntuación obtenida, con un máximo del 100% del presupuesto elegible. Hay una disponibilidad presupuestaria total.. Presupuesto total: 343.166 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la p. Fin: El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la p.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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