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Ayudas para fomentar el consumo en comercio local de Senija

LOCAL · SENIJA · AYUNTAMIENTO DE SENIJA
Denominación oficial (BDNS): Convocatoria y bases reguladoras de las ayudas en el marco de la campaña de fomento del consumo en el comercio local de senija, mediante la emisión de bonos-consumo (anualidad 2026)
Resumen: Esta convocatoria ofrece ayudas económicas a través de bonos-consumo para promover el comercio y turismo local. Está dirigida a pymes y particulares que operan en estos sectores.

Qué financia

Financia la emisión de bonos-consumo para fomentar el consumo en el comercio local

A quién va dirigida

Pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en los sectores del comercio al por menor (excepto vehículos) y hostelería

Requisitos

  • Tener el domicilio fiscal en Senija
  • No encontrarse incurso en ninguna circunstancia recogida en el artículo 13 de la Ley 38/2003
  • Ser vecino de Senija empadronado mayor de edad
  • Presentar el modelo de 'SOLICITUD DE BONO-CONSUMO SENIJA 2026' suscrito y DNI o tarjeta de identificación

Documentación a presentar

  • Modelo de solicitud normalizado
  • Declaración responsable
  • Ficha de Terceros o Certificado Bancario acreditativo
  • Certificado tributario de Situación Censal
  • Certificado acreditativo de la situación en Seguridad Social o Mutua profesional correspondiente
  • Acreditación de los poderes de la persona administradora y fotocopia/escaneos de DNI o NIE, y NIF
  • Modelo de 'SOLICITUD DE BONO-CONSUMO SENIJA 2026'
  • DNI o tarjeta de identificación
  • Modelo de autorización si se solicitan bonos para otras personas

Condiciones económicas

Los bonos son entregados previa solicitud y pueden canjearse en establecimientos adheridos a la campaña. Los bonos no son transferibles ni se devuelven si hay una devolución de producto.; Los bonos no son transferibles, no se devuelven si hay una devolución de producto y pueden ser acumulativos en el mismo establecimiento. Si no se solicitan todos los bonos al final del plazo, se repartirán proporcionalmente entre los solicitantes.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en los sectores del comercio al por menor (excepto vehículos) y hostelería
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 90 €. Los bonos son entregados previa solicitud y pueden canjearse en establecimientos adheridos a la campaña. Los bonos no son transferibles ni se devuelven si hay una devolución de producto.; Los bonos no son transferibles, no se devuelven si hay una devolución de producto y pueden ser acumulativos en el mismo establecimiento. Si no se solicitan todos los bonos al final del plazo, se repartirán proporcionalmente entre los solicitantes.. Presupuesto total: 33.304 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: A PARTIR DEL 1 DE OCTUBRE DE 2026, y en todo caso tras la publicación de la convocatoria en el BOP. Fin: HASTA EL 30/11/2026 O FIN DE EXISTENCIAS.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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