● Abierta70.000 €

Ayudas para inversiones en renovación de poblaciones rurales

AUTONOMICA · EXTREMADURA · DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL
Denominación oficial (BDNS): Ayudas 2026 Enfoque Leader a inversiones en acciones a renovación de poblaciones en las zonas rurales.(Intervención 7119 PEPAC), s/ II Convo (PEPAC 2023-2027) G.A.L. ZAFRA-RIO BODIÓN
Resumen: Esta convocatoria financía proyectos de renovación en zonas rurales, dirigida a entidades sin ánimo de lucro.

Qué financia

Financia la inversión en acciones de renovación de poblaciones rurales.

A quién va dirigida

Organizaciones sin ánimo de lucro que trabajen en el desarrollo rural.

Requisitos

  • Ser entidad local (ayuntamiento o mancomunidad de municipios) o entidad sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia.
  • Cumplir requisitos del artículo 6 del Decreto 78/2024
  • Mantener el destino de la inversión al menos durante cinco años
  • Documento de autorización del propietario
  • Declaración de IVA y cumplimiento de condiciones
  • Certificados de estar al corriente con AET, TGSS y Hacienda Autonómica
  • Permisos e inscripciones legales necesarios
  • Declaración de no inicio de inversiones antes del acta correspondiente
  • Declaración de no impedimento legal para ejecutar las inversiones
  • Compromiso de mantener el destino de la inversión durante al menos cinco años
  • Disponibilidad de documentación para verificación por parte de organismos controladores
  • Declaración de independencia de ofertas presentadas
  • Acreditar los aspectos citados en la memoria normalizada del proyecto
  • Documentos acreditativos como certificados de la Secretaría de la entidad solicitante o facturas proforma

Gastos subvencionables

  • Servicios básicos para economía y población rural
  • Renovación de poblaciones en zonas rurales
  • Mantenimiento, recuperación y rehabilitación del patrimonio rural
  • Apoyo a innovación social, gobernanza multinivel y dinamización social y económica
  • Obra civil e instalaciones
  • Maquinaria y equipamiento
  • Otras inversiones y gastos

Criterios de valoración

  • Viabilidad de la operación (hasta 20 puntos)
  • Impacto del proyecto y efecto dinamizador sobre el territorio y en el tejido socioeconómico (hasta 20 puntos)
  • Aspectos vinculados a la innovación y otros valores añadidos del proyecto (hasta 20 puntos)
  • Incidencia en la creación y/o mantenimiento de empleo e inclusión (hasta 20 puntos)
  • Incidencia en medio ambiente y/o adaptación al cambio climático (hasta 15 puntos)
  • Valoración de la implementación de la perspectiva de género y acciones positivas para la igualdad entre mujeres y hombres (hasta 15 puntos)
  • Incidencia en creación y/o mantenimiento de empleo e inclusión (hasta 20 puntos)
  • Incidencia en medio ambiente y adaptación al cambio climático (hasta 15 puntos)
  • Valoración de la implementación de la perspectiva de género (hasta 15 puntos)
  • Otros parámetros del proyecto (hasta 10 puntos)

Documentación a presentar

  • Acreditativo de personalidad jurídica
  • Certificado de acuerdo del órgano competente
  • Memoria normalizada del proyecto
  • Documentación acreditativa del cumplimiento de criterios de valoración
  • Facturas proforma o documentos probatorios equivalentes
  • Declaraciones responsables sobre ayudas obtenidas y condiciones para acceso a ayuda
  • Documento de autorización del propietario
  • Declaración de IVA
  • Certificados de estar al corriente con AET, TGSS y Hacienda Autonómica
  • Permisos e inscripciones legales necesarios
  • Planos de ubicación
  • Documentación que demuestre la viabilidad financiera y gestión
  • Certificados de la Secretaría de la entidad solicitante
  • Facturas proforma o cualquier otra documentación probatoria

Condiciones económicas

Según disponibilidad presupuestaria; La subvención se otorga según la puntuación obtenida en los criterios de valoración. La cuantía máxima no está especificada, pero hay un mínimo de 35 puntos para optar a la ayuda.; La ayuda pública total máxima se fijará en el caso de entidades locales hasta el 100% del total de la inversión que se considere subvencionable, con el límite de 30.000 € (TREINTA MIL EUROS) por proyecto, y en el caso de entidades e instituciones sin ánimo de lucro hasta el 90% del total de la inversión que se considere subvencionable, con la limitación de 10.000,00 € (DIEZ MIL EUROS) por proyecto.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones sin ánimo de lucro que trabajen en el desarrollo rural.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 30.000 € (entidades locales); 10.000 € (entidades e instituciones sin ánimo de lucro). Según disponibilidad presupuestaria; La subvención se otorga según la puntuación obtenida en los criterios de valoración. La cuantía máxima no está especificada, pero hay un mínimo de 35 puntos para optar a la ayuda.; La ayuda pública total máxima se fijará en el caso de entidades locales hasta el 100% del total de la inversión que se considere subvencionable, con el límite de 30.000 € (TREINTA MIL EUROS) por proyecto, y en el caso de entidades e instituciones sin ánimo de lucro hasta el 90% del total de la inversión que se considere subvencionable, con la limitación de 10.000,00 € (DIEZ MIL EUROS) por proyecto.. Presupuesto total: 70.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: El día siguiente a la publicación en el DOE. Fin: 120 DIAS NATURALES.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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