Ayudas para inversiones en renovación de poblaciones rurales
Qué financia
Financia la inversión en acciones de renovación de poblaciones rurales.
A quién va dirigida
Organizaciones sin ánimo de lucro que trabajen en el desarrollo rural.
Requisitos
- Ser entidad local (ayuntamiento o mancomunidad de municipios) o entidad sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia.
- Cumplir requisitos del artículo 6 del Decreto 78/2024
- Mantener el destino de la inversión al menos durante cinco años
- Documento de autorización del propietario
- Declaración de IVA y cumplimiento de condiciones
- Certificados de estar al corriente con AET, TGSS y Hacienda Autonómica
- Permisos e inscripciones legales necesarios
- Declaración de no inicio de inversiones antes del acta correspondiente
- Declaración de no impedimento legal para ejecutar las inversiones
- Compromiso de mantener el destino de la inversión durante al menos cinco años
- Disponibilidad de documentación para verificación por parte de organismos controladores
- Declaración de independencia de ofertas presentadas
- Acreditar los aspectos citados en la memoria normalizada del proyecto
- Documentos acreditativos como certificados de la Secretaría de la entidad solicitante o facturas proforma
Gastos subvencionables
- Servicios básicos para economía y población rural
- Renovación de poblaciones en zonas rurales
- Mantenimiento, recuperación y rehabilitación del patrimonio rural
- Apoyo a innovación social, gobernanza multinivel y dinamización social y económica
- Obra civil e instalaciones
- Maquinaria y equipamiento
- Otras inversiones y gastos
Criterios de valoración
- Viabilidad de la operación (hasta 20 puntos)
- Impacto del proyecto y efecto dinamizador sobre el territorio y en el tejido socioeconómico (hasta 20 puntos)
- Aspectos vinculados a la innovación y otros valores añadidos del proyecto (hasta 20 puntos)
- Incidencia en la creación y/o mantenimiento de empleo e inclusión (hasta 20 puntos)
- Incidencia en medio ambiente y/o adaptación al cambio climático (hasta 15 puntos)
- Valoración de la implementación de la perspectiva de género y acciones positivas para la igualdad entre mujeres y hombres (hasta 15 puntos)
- Incidencia en creación y/o mantenimiento de empleo e inclusión (hasta 20 puntos)
- Incidencia en medio ambiente y adaptación al cambio climático (hasta 15 puntos)
- Valoración de la implementación de la perspectiva de género (hasta 15 puntos)
- Otros parámetros del proyecto (hasta 10 puntos)
Documentación a presentar
- Acreditativo de personalidad jurídica
- Certificado de acuerdo del órgano competente
- Memoria normalizada del proyecto
- Documentación acreditativa del cumplimiento de criterios de valoración
- Facturas proforma o documentos probatorios equivalentes
- Declaraciones responsables sobre ayudas obtenidas y condiciones para acceso a ayuda
- Documento de autorización del propietario
- Declaración de IVA
- Certificados de estar al corriente con AET, TGSS y Hacienda Autonómica
- Permisos e inscripciones legales necesarios
- Planos de ubicación
- Documentación que demuestre la viabilidad financiera y gestión
- Certificados de la Secretaría de la entidad solicitante
- Facturas proforma o cualquier otra documentación probatoria
Condiciones económicas
Según disponibilidad presupuestaria; La subvención se otorga según la puntuación obtenida en los criterios de valoración. La cuantía máxima no está especificada, pero hay un mínimo de 35 puntos para optar a la ayuda.; La ayuda pública total máxima se fijará en el caso de entidades locales hasta el 100% del total de la inversión que se considere subvencionable, con el límite de 30.000 € (TREINTA MIL EUROS) por proyecto, y en el caso de entidades e instituciones sin ánimo de lucro hasta el 90% del total de la inversión que se considere subvencionable, con la limitación de 10.000,00 € (DIEZ MIL EUROS) por proyecto.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.