Ayudas para inversiones en servicios básicos y sociales en la economía rural
Qué financia
Financia inversiones en servicios básicos y sociales para la economía y población rural
A quién va dirigida
Organizaciones sin ánimo de lucro, asociaciones y fundaciones que operan en servicios básicos y sociales en áreas rurales
Requisitos
- Ser ayuntamiento del ámbito territorial de actuación definido (Almaraz, Belvís de Monroy, Berrocalejo, Bohonal de Ibor, Casatejada, El Gordo, Majadas, Mesas de Ibor, Millanes de la Mata, Navalmoral de la Mata, Peraleda de la Mata, Pueblonuevo de Miramontes, Rosalejo, Talayuela, Tiétar, Valdecañas y Valdehúncar)
- Cumplir los requisitos recogidos en el artículo 6 del Decreto 78/2024
- Cumplir las obligaciones de las personas beneficiarias establecidas en el artículo 26 del mismo decreto
- Presentar un proyecto constructivo o informe técnico municipal
- Solicitar al menos tres ofertas de proveedores diferentes para las inversiones
- Acreditar estar al corriente con obligaciones tributarias, Seguridad Social y Hacienda Autonómica
- Declarar cumplimiento de condiciones para el acceso a la ayuda y aceptación de compromisos derivados
- Presentar documentación sobre ayudas obtenidas o solicitadas
- Acreditar no existir impedimentos legales para ejecutar las inversiones
- Mantener el destino de la inversión al menos durante cinco años
- Poner a disposición documentación necesaria para verificación de la inversión
- El proyecto debe encuadrarse en una línea de actuación de la EDLP de ARJABOR incluida en el Grupo I o II
- Existencia de un Plan de Igualdad no exigible legalmente aprobado por la Entidad (si aplica)
Gastos subvencionables
- Servicios básicos para la economía y población rural
- Renovación de poblaciones en zonas rurales
- Mantenimiento, recuperación y rehabilitación del patrimonio rural
- Apoyo a innovación social, gobernanza multinivel y dinamización social y económica
- Obra civil e instalaciones
- Maquinaria y equipamiento
- Otros inversiones y gastos
Criterios de valoración
- Viabilidad de la operación
- Valor Social del proyecto
- Incidencia en medio ambiente y/o adaptación al cambio climático
- Implementación de perspectiva de género
- Pertenencia a asociaciones o federaciones
- Viabilidad de la operación (hasta 20 puntos)
- Impacto del proyecto y efecto dinamizador sobre el territorio y en el tejido socioeconómico (hasta 20 puntos)
- Aspectos vinculados a la innovación (hasta 20 puntos)
- Incidencia en medio ambiente y/o adaptación al cambio climático (hasta 20 puntos)
- Valoración de la implementación de la perspectiva de género (hasta 10 puntos)
- Otros valores añadidos del proyecto (hasta 20 puntos)
- Impacto del proyecto y efecto dinamizador sobre el territorio (hasta 20 puntos)
- Aspectos vinculados a la innovación y otros valores añadidos del proyecto (hasta 20 puntos)
- Implicación en la estrategia de desarrollo local participativo (hasta 20 puntos)
Documentación a presentar
- Acreditación documental del CIF
- Certificado del nombramiento de la persona que ostente la Alcaldía/Presidencia
- Certificado de la Secretaría/Intervención de la entidad, del acuerdo para iniciar la acción
- Memoria Descriptiva normalizada del proyecto de inversión
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los criterios de valoración solicitados
- Proyecto constructivo o informe técnico municipal
- Facturas proforma o documentos de valor probatorio
- Certificados de estar al corriente con AET, TGSS y Hacienda Autonómica
- Declaraciones sobre ayudas obtenidas o solicitadas
- Documentación sobre propiedad o capacidad legal de uso y disfrute de los bienes del proyecto
- Memoria Descriptiva del proyecto
- Declaración Responsable de la entidad
- Certificado de Secretaría o intervención que acredite la existencia de un Plan de Igualdad no exigible por ley (si aplica)
- Informe Técnico competente relativo a la actuación valorada
Condiciones económicas
Según disponibilidad presupuestaria; La ayuda se otorga según un sistema de concurrencia competitiva, con puntuación máxima de 110 puntos. La intensidad de la ayuda varía entre 50% y 100% del gasto subvencionable.; La cuantía máxima se fijará en el 100% del total de la inversión subvencionable, con un límite máximo de 120.000€ por entidad beneficiaria.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.