Ayudas para la puesta en marcha de casas nido en Galicia
Qué financia
Financiación para la creación de infraestructuras y servicios en centros de acogida infantil
A quién va dirigida
Personas que desean establecer casas nido sin actividad económica propia
Requisitos
- Ser empresaria autónoma o cooperativa de trabajo asociado
- Tener formación específica en educación infantil o áreas relacionadas
- Residir y tener un inmueble en un núcleo rural sin recursos de atención continuada a la infancia
- Disponer de los requisitos de infraestructura mencionados
- Acreditar el estado de salud anualmente
- Ser persona física establecida como empresaria autónoma o cooperativa de trabajo asociado
- Desarrollar el proyecto impidiendo el desarrollo de la actividad en las condiciones establecidas
- Documentación prevista en los artículos 11 y 12
- Cumplimiento de deberes tributarios, Seguridad Social y no tener pendientes de pago otras deudas con la Administración de Galicia
Gastos subvencionables
- Reforma y adaptación del inmueble destinado a servir de casa nido
- Equipamiento y dotación material requerida
- Prestación de la atención personalizada de niños y niñas de 0-3 años
- Gastos de inversión
- Gastos de inversión realizados después de su justificación
- Pago anticipado de hasta el 90% de la subvención en la primera anualidad
- Pago anticipado de hasta el 100% de la subvención en las sucesivas anualidades
Criterios de valoración
- Número de niños/as de entre cero y tres años residentes
- Núcleos de población del ayuntamiento
- Número de mujeres residentes de edades comprendidas entre 16 y 45 años
- Índice de envejecimiento
- Contribución a la integración laboral de personas en situación especial
Documentación a presentar
- Documentación acreditativa de formación o experiencia
- Certificado médico oficial
- Memoria descriptiva del proyecto y necesidad
- Propuesta pedagógica básica
- Descripción del equipamiento y materiales
- Memoria descriptiva del inmueble con fotografías y planos
- Informe de servicios técnicos municipales
- Plan de actuación ante emergencias
- Presupuesto desglosado de gastos de inversión
- Certificado de discapacidad (si aplica)
- Documentación acreditativa de víctima de violencia de género (si aplica)
- Anexos con datos de personas implicadas
- Documentación de disponibilidad del inmueble
- Fotografías de adaptaciones realizadas
- Justificante de seguro contra responsabilidad civil y accidentes
- Alta en el censo de obligados tributarios (si aplica)
- Certificación de inscripción ininterrumpida en la oficina de empleo
- Solicitud de pago (anexo VI)
- Relación clasificada de los gastos e inversiones
- Facturas o documentos de valor probatorio equivalente del total de los gastos realizados
- Registros mensuales de asistencia
- Memoria de actuación
- Acreditación documental, material y/o gráfica
- Certificado médico oficial acreditativo del estado de salud
Condiciones económicas
La subvención para gastos de inversión es hasta el 100% con un límite máximo global por casa nido de 15.000,00€. La ayuda por desarrollo del proyecto consiste en una prima anual de 24.800,00 € que se reducirá proporcionalmente si la actividad no dura todo el año.; La ayuda por desarrollo de actividad es una prima anual de 24.800,00 € que se reduce proporcionalmente en función de los meses efectivos de desarrollo.; El umbral mínimo de puntuación se fija teniendo en cuenta el crédito presupuestario. Las solicitudes con igualdad de puntuación se resuelven por criterios a criterio o fecha de presentación.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.