Ayudas para municipios y entidades locales menores de Extremadura
AUTONOMICA · EXTREMADURA · DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL
Denominación oficial (BDNS): Ayudas 2026 a municipios y entidades locales menores de Extremadura para la adquisición de equipamiento y mejora de edificios públicos municipales, según Decreto 172/2026, de 13 de octubre, que la convoca
Resumen: Esta subvención financiada por la autonomía de Extremadura ayuda a los municipios y entidades locales menores a adquirir equipamiento y mejorar edificios públicos. Se dirige a entidades sin ánimo de lucro.
Qué financia
Financia la compra de equipo y mejoras en edificios para el uso público
A quién va dirigida
Municipios y entidades locales menores que no desarrollan actividad económica
Requisitos
No estar incursa en motivos de exclusión según la Ley 6/2011
Estar al corriente de obligaciones tributarias y sociales
Tener atribuida la competencia o responsabilidad del servicio público local
Ostentar titularidad del edificio, instalación sobre el que se proyecta la actuación
Disponer de los permisos, autorizaciones, informes o títulos habilitantes necesarios para la ejecución de la actuación subvencionada
Ser entidad local menor de menos de 20.000 habitantes
No haber incursado en circunstancias que impidan su condición de beneficiaria
Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no tener deudas con la Hacienda Autonómica
Ser municipio o entidad local menor de la Comunidad Autónoma de Extremadura con población inferior a 20.000 habitantes
Gastos subvencionables
Adquisición de bienes muebles y tangibles destinados a servicios públicos locales
Gastos de transporte, entrega, montaje, instalación, configuración y puesta en funcionamiento del equipamiento
Ejecución de obras y trabajos en edificios o instalaciones afectadas a la prestación de servicios públicos
Gastos de inversión relativos a las actuaciones subvencionables que respondan directamente e indubitadamente a la naturaleza del proyecto
No incluyen impuestos indirectos, intereses deudores, indemnizaciones por servicio, gastos ordinarios de funcionamiento, etc.
Criterios de valoración
Mejora de los servicios públicos locales
Diversidad de necesidades de inversión
Adecuación y cumplimiento de condiciones de acceso
La ayuda podrá alcanzar el 100% del coste elegible hasta un máximo de 30.000 € por entidad beneficiaria
Cada actuación deberá ser técnicamente adecuada y estar vinculada a la mejora del servicio público correspondiente
Documentación a presentar
Declaración responsable conforme al modelo normalizado Anexo I.A.
Certificado del Secretario/Secretaría, Secretario-Interventor o funcionario que ejerce las funciones de fe pública
Memoria del Proyecto conforme al modelo normalizado de Anexo II.
Condiciones económicas
La subvención se concederá conforme se soliciten, previa comprobación de requisitos y disponibilidad presupuestaria. La ayuda no está limitada a un porcentaje específico del gasto.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Municipios y entidades locales menores que no desarrollan actividad económica
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 100% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 30.000 €. La subvención se concederá conforme se soliciten, previa comprobación de requisitos y disponibilidad presupuestaria. La ayuda no está limitada a un porcentaje específico del gasto.. Presupuesto total: 2.000.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Dia siguiente al de la publicación de la Resolución de Convocatoria en el DOE. Fin: UN MES desde el siguiente de la publicación de la convocatoria en el DOE.
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.