Próximamente210.000 €

Ayudas para pago del alquiler en Hernani

LOCAL · HERNANI · AYUNTAMIENTO DE HERNANI
Denominación oficial (BDNS): Convocatoria 2026 y bases reguladoras para la concesión de ayudas para pago del alquiler de viviendas en el municipio de Hernani
Resumen: Esta convocatoria ofrece ayudas económicas para ayudar a personas físicas sin actividad económica a pagar el alquiler en el municipio de Hernani.

Qué financia

Financia pagos de alquiler para residentes del municipio de Hernani

A quién va dirigida

Personas que viven en Hernani y no tienen ingresos económicos propios

Requisitos

  • Ser mayor de edad: 18-35 años (Modalidad A) o 36 años o más (Modalidad B)
  • Estar empadronado/a en la vivienda objeto de la subvención
  • Ser titular de un contrato de arrendamiento, a título individual o como coarrendatario, de una vivienda libre
  • No tener vínculos familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad con el propietario de la vivienda alquilada
  • La renta debe pagarse por banku-transferencia o banku-agiri
  • Ser titular de un contrato de arrendamiento con una duración mínima de 12 meses.
  • No tener vínculos familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad con la persona arrendadora.
  • Todas las personas de la unidad convivencial deben estar empadronadas en la vivienda objeto de la subvención.
  • Ninguna persona solicitante o componente de la unidad convivencial poseerá vivienda alguna de su propiedad, salvo ciertas excepciones.
  • Cumplir con las obligaciones tributarias correspondientes al último ejercicio finalizado
  • Presentar declaración jurada sobre ingresos netos y otros ingresos
  • No estar incurso en ninguna situación que le impida recibir subvenciones de ningún tipo
  • Cumplir con los requisitos establecidos para la concesión de ayudas

Gastos subvencionables

  • Los gastos de alquiler subvencionables abarcan desde el 1 de enero del año en que se realice la convocatoria hasta el 31 de diciembre del mismo año
  • Se restará un valor fijo de 30 euros por los gastos de garaje y comunidad
  • Rendimientos netos de trabajo
  • Rentas temporales o vitalicias
  • Renta de Garantía de Ingresos
  • Rendimientos de actividades económicas
  • Rendimientos del capital inmobiliario
  • Ingresos netos percibidos por todos los conceptos correspondientes al ejercicio finalizado

Criterios de valoración

  • Cumplimiento de las obligaciones tributarias y sociales
  • Justificación del uso adecuado de la ayuda
  • Necesidad de vivienda demostrada

Documentación a presentar

  • Documentación que respalde la edad de la persona solicitante
  • Copia del padrón municipal actualizado
  • Contrato de arrendamiento firmado por todas las personas arrendatarias
  • Matrícula correspondiente si los hijos e hijas están estudiando
  • Impreso de solicitud, debidamente cumplimentado y firmado.
  • DNI, pasaporte o tarjeta de residencia de cada una de las personas demandantes de la ayuda.
  • Contrato de arrendamiento de la vivienda que esté en vigor.
  • Documento que acredite la titularidad de la cuenta bancaria de la persona solicitante.
  • Justificante del último abono (mensual) de la renta mediante transferencia bancaria o documento bancario, con titularidad del solicitante.
  • Declaración jurada sobre ingresos netos y otros ingresos
  • Certificado de pensionistas o personas que perciban becas, prestaciones o subsidios
  • Resolución del Gobierno Vasco en caso de jóvenes
  • Convenio regulador y sentencia judicial en caso de separación, divorcio o extinción de pareja
  • Sentencia condenatoria de desahucio
  • Informe de servicios sociales en caso de violencia machista o familiar
  • Documento legal que acredite vivienda en situación de ruina

Condiciones económicas

La cuantía máxima de la subvención se determina según el porcentaje de la renta computable mensual, con un límite máximo de euros/mes por solicitud y un periodo máximo de 12 meses. La ayuda no podrá superar el 50% de la renta mensual ni exceder del límite máximo establecido para la Prestación Económica de Vivienda (PEV).; El límite de ingresos debe ser menor a la cantidad establecida en la convocatoria anual. El valor catastral de las viviendas no puede superar los 90.231,61 euros.; La subvención se otorga según la disponibilidad presupuestaria. Se requiere justificar el uso adecuado de la ayuda y cumplir con ciertos requisitos económicos.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Personas que viven en Hernani y no tienen ingresos económicos propios
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
La cuantía máxima de la subvención se determina según el porcentaje de la renta computable mensual, con un límite máximo de euros/mes por solicitud y un periodo máximo de 12 meses. La ayuda no podrá superar el 50% de la renta mensual ni exceder del límite máximo establecido para la Prestación Económica de Vivienda (PEV).; El límite de ingresos debe ser menor a la cantidad establecida en la convocatoria anual. El valor catastral de las viviendas no puede superar los 90.231,61 euros.; La subvención se otorga según la disponibilidad presupuestaria. Se requiere justificar el uso adecuado de la ayuda y cumplir con ciertos requisitos económicos.. Presupuesto total: 210.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/09/2026. Fin: 30/09/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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