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Ayudas para Programa de Respiro Familiar en Badajoz

LOCAL · BADAJOZ · AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ
Denominación oficial (BDNS): Resolución de 09/07/2026, de la Vicepresidencia del IMSS del Ayuntamiento de Badajoz, por la que se convocan ayudas para el Programa de Respiro Familiar a personas cuidadoras habituales no profesionales en el término municipal de Badajoz.
Resumen: Programa que ofrece ayudas a personas cuidadoras habituales no profesionales en Badajoz. Beneficia a individuos dedicados al cuidado familiar.

Qué financia

Financia programas de apoyo para cuidadores familiares en el municipio de Badajoz

A quién va dirigida

Personas que se dedican al cuidado habitual y no profesional de personas mayores o discapacitadas en Badajoz

Requisitos

  • Ser cuidadora habitual no profesional que atienda a una o más personas
  • Cumplir los requisitos de discapacidad y dependencia del usuario
  • No estar prohibido por la Ley 38/2003 ni tener deudas pendientes con el Ayuntamiento
  • Título de Técnico Superior en Integración Social o equivalente
  • Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales
  • Certificado de Habilitación Excepcional en Auxiliar de Ayuda a Domicilio o Cuidador de Centros de Servicios Sociales
  • Ser cuidador/a habitual no profesional
  • Que la persona cuidada tenga un grado de discapacidad o dependencia reconocido
  • No tener plaza pública en servicios de atención residencial o prestación económica vinculada al servicio residencial

Gastos subvencionables

  • Acompañamiento y asistencia domiciliaria (máximo 65 horas al año)
  • Acompañamiento circunstancial y actividades puntuales
  • Asistencia en establecimiento no sociosanitario
  • Estancias en establecimiento sociosanitario
  • Costes de estancias en establecimientos sociosanitarios (centros residenciales, centros de día y nocturno)
  • Servicio de acompañamiento y asistencia domiciliaria
  • Servicio de acompañamiento circunstancial y actividades puntuales de ocio
  • Servicio de asistencia a establecimiento externo no sociosanitario
  • Servicio de asistencia a establecimiento externo sociosanitario

Criterios de valoración

  • Orden de entrada de la solicitud en el Registro del IMSS
  • Cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases reguladoras

Documentación a presentar

  • Fotocopia cotejada DNI o NIE
  • Alta a terceros del IMSS
  • Certificado de empadronamiento si el domicilio es distinto al del DNI/NIE
  • Certificado de discapacidad y/o valoración de la dependencia
  • Justificantes para cuyo abono se tramita la ayuda (facturas de servicios de respiro familiar)
  • Documento de cesión de derechos de abono si el pago es a entidad o empresa prestataria del servicio
  • DNI del solicitante y de la persona con dependencia/discapacidad reconocida
  • Resolución del grado de dependencia reconocido por el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia
  • Resolución del reconocimiento del grado de discapacidad por el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia
  • Factura del servicio contratado con Entidad Prestadora de Servicios acreditada por el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia, con desglose del número de horas/días del mismo
  • Documento de cesión de la prestación a favor de la entidad prestadora del servicio

Condiciones económicas

El importe máximo se distribuye entre diferentes tipos de servicios con cuantías máximas específicas por persona atendida y actividad.; Costes máximos: 70 euros/día para servicios residenciales o alojamiento, 40 euros/día para servicios de día o nocturno. Duración máxima del respiro familiar: 10 días al año por persona atendida.; La subvención se otorga según disponibilidad presupuestaria. Los servicios deben ser contratados con entidades acreditadas por el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Personas que se dedican al cuidado habitual y no profesional de personas mayores o discapacitadas en Badajoz
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 182.273,05 €. El importe máximo se distribuye entre diferentes tipos de servicios con cuantías máximas específicas por persona atendida y actividad.; Costes máximos: 70 euros/día para servicios residenciales o alojamiento, 40 euros/día para servicios de día o nocturno. Duración máxima del respiro familiar: 10 días al año por persona atendida.; La subvención se otorga según disponibilidad presupuestaria. Los servicios deben ser contratados con entidades acreditadas por el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.. Presupuesto total: 182.273 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: A partir del día siguiente a la publicación del extracto de convocatoria en el BOP de Badajoz. Fin: 15 días hábiles desde la publicación del extracto en el BOP DE BADAJOZ.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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